La Audiencia Nacional confirma la prisión provisional para el creador de la plataforma de inversión MadeiraInvest por un fraude de 185 millones de euros

El magistrado entiende que existe riesgo de fuga por la “ingente capacidad económica” de la que dispone en el extranjero

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la prisión provisional para el creador de la plataforma Madeirainvest, Álvaro R., acusado de un presunto fraude a más de 3.000 inversores por más de 185 millones de euros, al entender que existe riesgo de fuga por la “ingente capacidad económica” de la que dispone en el extranjero, lo que le permitiría vivir “holgadamente” en países en los que evitar las posibles órdenes de busca y captura.

En un auto, los magistrados de la Sección Cuarta desestiman el recurso de Álvaro R. contra la resolución del titular del Juzgado de Instrucción Cuatro, José Luis Calama, dictada el pasado 7 de noviembre, en la que acordó su prisión provisional sin fianza. 

La resolución de la Sala señala que durante la investigación se han localizado transferencias por valor de 12.935.000 euros en una cuenta bancaria de Singapur, que recibió más de 29 millones de euros de otra abierta en un Banco de Portugal, que era utilizada presuntamente por el investigado para desviar los fondos recibidos por los inversores. Desde ella, añade, se desviaron aproximadamente 18 millones de dólares a una cuenta bancaria ubicada en Tailandia. 

A ello se añade, indica el Tribunal, que el acusado posee bienes inmuebles, vehículos de lujo y embarcaciones en diferentes países, a lo que se suma la localización de una cuenta en criptomonedas de la que es titular el investigado con más de 7 millones de euros, de los que solo él puede disponer. 

Por tanto, razona, tiene una ingente capacidad económica en el extranjero que le permitiría vivir holgadamente y radicarse en países donde evitar las órdenes de busca y captura que pudieran dictarse. 

“No cabe duda que todo ello son datos indicios objetivos que incrementan no sólo el riesgo de fuga, sino también la posibilidad de destrucción o de ocultación de pruebas del entramado societario supuestamente formado y creado por el investigado para el desvío de fondos, pues muchas de estas sociedades y las operaciones de desvío y ocultación de fondos se encuentran en el extranjero dispersas en diferentes países, siendo absolutamente necesario proceder a su localización y bloqueo, y averiguar las operaciones de blanqueo presuntamente ejecutadas, medidas que se verían frustradas o, al menos, dificultadas si el investigado se encontrara en libertad, ya que hoy día, con los medios telemáticos podría seguir operando con los fondos depositados en el extranjero y ocultar los canales utilizados para la transferencia de los fondos a terceros países”, señala. 

Elevadas penas de los delitos atribuidos al investigado 

El Tribunal también considera que las elevadas penas de los delitos atribuidos al investigado (organización criminal, blanqueo de capitales, continuado de falsedad en documentos mercantiles y estafa agravada en la modalidad de delito masa), superiores a 9 años y que podrían llegar hasta los 16 años de prisión, unido a las importantes cantidades de dinero y bienes que posee en el extranjero, “hacen presumir razonablemente el riesgo de fuga para tratar de evitar el cumplimiento en el futuro de una larga pena de prisión”. 

A ello se añade la posibilidad real de que pudiera tratar de hacer desaparecer los rastros de las operaciones defraudatorias realizadas y evitar la incautación de las ganancias obtenidas con ellas, mediante las que, además, podría disponer de mayores recursos en el extranjero para ocultarse.

Igualmente, apunta, la prisión provisional garantiza la dificultad de hacer desaparecer el patrimonio producto del delito, a fin de posibilitar en la medida de lo posible la reparación a las víctimas.