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El magistrado indica que se aprecian “indicios fundados” de estar ante una organización criminal dedicada a la guarda, almacenaje, transporte y distribución de grandes cantidades de sustancias estupefacientes
El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ha aceptado la inhibición de un juzgado de Ceuta para investigar a una presunta organización criminal que se valió de un túnel construido entre dicha ciudad y Marruecos para “el flujo continuo de grandes cantidades” de hachís.
En un auto, el titular de la Plaza 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia asume la competencia para el conocimiento de las diligencias previas seguidas hasta ahora en la Plaza 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ceuta por delitos contra la salud pública y organización criminal.
En su resolución, el juez solicita un informe de la unidad policial investigadora acerca la evolución de las pesquisas a los efectos de determinar los avances y si es necesaria la adopción de alguna medida de investigación.
El magistrado indica que, examinadas las actuaciones remitidas por el juzgado de Ceuta, se aprecian “indicios fundados” de estar ante una organización criminal dedicada a la guarda, almacenaje, transporte y distribución de grandes cantidades de sustancias estupefacientes, fundamentalmente hachís, pero también cocaína, mediante vehículos a motor y embarcaciones de alta velocidad. Esta organización, añade, se valió de un túnel construido “para unir subterráneamente el país vecino de Marruecos con Ceuta, asegurándose el flujo continuo de grandes cantidades de hachís mediante una infraestructura altamente profesionalizada”. Además, señala que la estructura criminal “está perfectamente jerarquizada con un líder claro”, Mustapha C.B. y diversos niveles operativos, que funciona mediante células interconectadas en Ceuta y que operan en distintas provincias del territorio nacional, contando además con vínculos logísticos en Marruecos.
En su auto, el instructor examina la doctrina del Tribunal Supremo y del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para concluir que los hechos deber ser investigados por el Tribunal Central de Instancia.