El juez atribuye nuevos delitos de organización criminal, asociación ilícita y estafa agravada al exjuez investigado por injurias y calumnias contra altas instituciones del Estado

Acuerda el embargo preventivo de los fondos de la asociación que preside por tratarse de “un instrumento al servicio de un grupo de personas para la obtención de recursos con los que lucrarse, simulando que con ella se combatía contra la corrupción”

Autor
Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha acordado investigar por delitos de organización criminal, asociación ilícita y estafa agravada al magistrado expulsado de la carrera judicial Fernando P., que se suman a los de injurias y calumnias contra altas instituciones del Estado que inicialmente le atribuía. Además, ha acordado el embargo preventivo de los fondos de la asociación que preside por tratarse de “un instrumento al servicio de un grupo de personas para la obtención de recursos con los que lucrarse, simulando que con ella se combatía contra la corrupción”. 

En un auto, el juez rechaza el sobreseimiento y las diligencias solicitadas por el propio exjuez para que se tomara declaración al expresidente del CGPJ y del Tribunal Supremo Carlos Lesmes, al presidente de la Sala de lo Penal de dicho órgano judicial, Manuel Marchena, a los magistrados Carmen Llombart y Joaquín Bosch, así como que se cursaran diversas comisiones rogatorias. 

Gadea expone en su resolución que hasta este momento se desprendían indicios de la participación en hechos que podría constituir delitos de injurias y calumnias contra altas instituciones del Estado como reflejaba la denuncia inicial de la Fiscalía. 

ACODAP es un mero instrumento criminal para el lucro de los investigados 

No obstante, los últimos informes de la Policía señalan la íntima conexión existente entre la Asociación Contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública (ACODAP), los investigados y las denuncias presentadas, “configurándose esta última como un mero instrumento criminal usado para la recaudación de fondos con los que lucrarse los investigados, y el medio a través del cual estos mismos logran la repercusión que buscan bajo el falso precepto de la lucha contra la corrupción”. 

“En efecto -apunta el juez- los resultados de los últimos oficios presentados podríamos advertir también la posible existencia de delitos de organización criminal del art. 570 bis del Código Penal para la comisión de los delitos referidos en el párrafo anterior, además de estafa agravada del art. 248 en relación con el 250.5º del Código Penal, siendo el Sr. P. el Presidente y promotor de dicha organización, y el mayor beneficiario de este delito, por cuanto habría recaudado mediante ACODAP hasta 122.000 euros, de los que habría podido desviar para su uso privado más de 34.000 euros”. 

Por lo anterior, precisa el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Seis, existen también indicios para considerar que ACODAP podría ser calificada de asociación ilícita en la medida en que tendría por objeto la comisión de delitos e injurias, un delito que se le imputa a Fernando P. como presidente de la entidad. 

En relación estos nuevos delitos (organización criminal, asociación ilícita y estafa agravada) el juez cita a declarar a Fernando P. También acuerda el embargo preventivo de los 188.722 euros recaudados por ACODAP supuestamente para la lucha contra corrupción pero que, según Gadea, se destinaban al uso privado. También se cita a Alberto R. por los delitos de organización criminal y estafa gravada. 

En el mismo sentido, la resolución acuerda citar a declarar como investigadas a otras nueve personas por su colaboración en los hechos. Algunas de ellas por haber recibido supuestamente fondos de ACODAP y otra de ellas por haber presentado más de diez denuncias contra altas instituciones del Estado. 

En relación con la asociación ACODAP, el instructor de la Audiencia acuerda dar traslado a las partes para que informen sobre la medida cautelar de suspensión de actividades. Igualmente, respecto de los investigados, si interesan la adopción de cualquier medida cautelar de naturaleza personal o real que consideren necesaria. 

Gadea indica en su auto que ”los indicios reunidos hasta el momento permiten constatar que ACODAP, organización aparentemente creada para luchar contra la corrupción, sería en realidad el medio corrupto por el que, al parecer, se enriquecerían sus miembros y parientes, empezando por su presidente, Fernando P., quien una vez separado de la Carrera Judicial carecía de ingreso alguno, y que la pretendida intención de actuar contra la corrupción no sería más que un falso reclamo para atraer aportaciones y donaciones anónimas”. 

En el marco de este engaño, continúa, “las denuncias mendaces contra las altas instituciones del Estado, autoridades, políticos y otros representantes públicos serían el componente necesario para seguir con la lucrativa actividad que tan altos rendimientos les estaría dando, publicitando su actuación a través de redes sociales, páginas web y otros medios de comunicación pública. Precisamente la difusión de las denuncias es un paso indispensable en la amplificar el engaño bastante”.