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AP Oviedo: Estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Santiago Calatrava LLC y desestima el interpuesto por Jovellanos XXI, SL frente a la sentencia de instancia. Fija en 2.960.781,74 euros la suma que SANTIAGO CALATRAVA LLC debe abonar a la promotora JOVELLANOS XXI SL por los defectos y sobrecostes de la construcción del Palacio de Congresos de Oviedo, tras compensar la cantidad debida a aquélla por los honorarios estipulados, sobre los que existía un reconocimiento de deuda.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad