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AP Madrid: Ratifica la condena impuesta a un Colegio de Alcorcón por el acoso escolar sufrido por un alumno de primaria por parte de un grupo de compañeros. Fija en 32.125,51 euros la indemnización que debe abonar a los padres del menor por el daño moral causado a su hijo al no haber adoptado las medidas de vigilancia y control que tenía a su disposición. Se valora la indefensión generada por parte de quien asume la posición de garante de la seguridad psíquica y moral del menor en sustitución de los padres.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad