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TSCA: Declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos por la entidad KUTXA y por el Abogado del Estado contra sentencia dictada por la Sala CA de la Audiencia Nacional que redujo a 3.500.000 euros la multa impuesta a la entidad recurrente en resolución del Consejo de la CNC por conducta restrictiva de la competencia consistente en un pacto de no competencia entre determinadas entidades financieras que operan en el ámbito territorial de las CCAA del País Vasco y de Navarra, y por haber coordinado sus actuaciones frente a terceros competidores.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad