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TS Penal: Declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y confirma la condena impuesta al recurrente por los delitos de asesinato terrorista, detención ilegal terrorista, robo de vehículo de motor con fines terroristas y daños terroristas, a penas que suman 44 años de prisión;
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad
Como consecuencia del atentado perpetrado el 3-12-2008 contra la vida de un empresario vasco en el marco de la campaña que la organización ETA desarrollaba contra la construcción del tren de alta velocidad en el País Vasco.