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TS Contencioso-Administrativo: Confirma sentencia dictada por la Sala CA de la Audiencia Nacional que declaró el derecho de las recurrentes a ser indemnizadas por las lesiones sufridas por la caída y desplome de un ascensor en un inmueble de Móstoles, condenando solidariamente al pago al Ministerio de Industria y a la entidad Zardoya Otis SA y a su aseguradora AIG Europe:
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad
En aplicación del art. 140.2 de la Ley 30/92, la responsabilidad debe ser solidaria dada la concurrencia de causas (pieza defectuosa y fallo del sistema de frenado) sin prueba suficiente de cuál habría sido la causa determinante.