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El procesado deberá indemnizar a la mujer con 15.000 euros por daños morales
La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado a tres años de cárcel, y a seis años de inhabilitación especial para ejercer como médico naturista, acupuntor o masajista, a un doctor en medicina tradicional china de Elche por abusos sexuales a una mujer que acudió a su consulta, a quien además deberá indemnizar con 15.000 euros por daños morales.
La sentencia reduce en seis meses la pena de cárcel respecto a la condena impuesta por la Audiencia de Alicante (que fue de tres años y medio) al entender que no se calculó bien al aplicar el prevalimiento de la relación de superioridad del médico sobre la víctima tanto para determinar el tipo penal que correspondía como para aplicar una agravante específica, lo que supone una infracción del principio “non bis in ídem”, que impide castigar dos veces un mismo hecho.
El Supremo confirma en todo lo demás el fallo de la Audiencia de Alicante, que aplicó al caso la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, teniendo en cuenta que los hechos ocurrieron en el año 2006.