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El tribunal concluye que los hechos conocidos por los denunciados carecen de la concreción necesaria para poder tener un encaje en ningún tipo penal
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión y archivo de las denuncias presentadas por un particular y el sindicato Manos Limpias contra la ministra de Justicia, Dolores Delgado, y contra Baltasar Garzón por delitos de omisión del deber de perseguir delitos y de encubrimiento en relación con unas conversaciones publicadas en los medios de comunicación, en las que, según los denunciantes, Delgado y Garzón pudieron tener conocimiento de la comisión de determinados delitos relacionados con menores.
La Sala asume el criterio del Ministerio Fiscal y archiva las denuncias al considerar que ninguno de los argumentos expuestos en las mismas lleva a la conclusión de que exista elemento alguno para apreciar la existencia de una omisión de perseguir un delito y además, en caso de existir este hipotético delito, añaden, estaría prescrito. El tribunal concluye que los hechos conocidos por los denunciados carecen de la concreción necesaria para poder tener un encaje en ningún tipo penal.
El tribunal descarta también el delito de encubrimiento en tanto que su imputación carece de cualquier apoyo.