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A continuación, informamos de los juicios de mayor interés
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid (C/Santiago de Compostela, 96) celebra a partir del próximo martes, día 2 de febrero, en sesiones matinales que darán comienzo a partir de las 10:00 horas, la vista oral del juicio contra Concepción S. S., Carmen G. A., Ana Belén R. R., Isabel G. A., Margarita M. M., Josefa S. S., Carlos Antonio S. G. y Manuela S. S.
La Fiscalía les imputa un delito contra la salud pública y otro de grupo criminal y solicita una pena de ocho años de prisión para las dos primeras y de siete años de privación de libertad para el resto de los procesados.
El escrito de calificación provisional elaborado por el Ministerio Fiscal expone que, como consecuencia de las investigaciones policiales efectuadas, se ha tenido conocimiento de que los acusados, puestos de común y mutuo acuerdo, podrían estar dedicándose a realizar actividades destinadas al tráfico de sustancias estupefacientes, principalmente cocaína, en la zona de la Cañada Real. Para ello, todos los implicados habían constituido un perfecto operativo logístico destinado a dicho fin, con vocación de permanencia, y en el que cada uno de ellos tenía definidas sus funciones de manera muy detallada.
Esta organización, desarticulada en la denominada ‘operación Campa’, estaba compuesta por miembros de dos conocidas familias con antecedentes por tráfico de drogas en los poblados de ‘Los pies negros’ y ‘Los Focos’ y son herederos directos del conocido como ‘Clan del Ratilla’.
Además, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid celebra del 3 al 5 de febrero, a partir de las 10:00 horas, la vista oral del juicio contra Julius O.O.; Nero S.; Ahanor O.; Godspower A., además de contra Aghomo K; Lucky S.; Epharain C. y Stephen John P. U. por los delitos de asociación ilícita, secuestro, extorsión y falsedad documental, por los que se enfrentan a penas que oscilan entre los doce años y el año y medio de cárcel.
Siempre según las conclusiones provisionales del Ministerio Público, los procesados forman parte de la organización denominada Supreme Eiye Confraternity (SEC), una asociación nacida a principios de los años 90 en la Universidad de Benín, que con el paso del tiempo acabó extendiéndose por toda Nigeria a la vez que se hacía más violenta. La facción de Madrid tiene una distribución jerarquizada, desde el líder (haerbercrier, rey del cielo), pasando por la estructura (ibaka ojo oj nest, el ojo del nido) hasta los últimos peldaños (dove, paloma) y guide (orientador).
Los procesados, tanto para conseguir adeptos como para financiar la organización, se dirigieron a varios compatriotas a los que extorsionaron o secuestraron obligándoles a sacar efectivo del banco para recuperar la libertad. Los pasaportes a su nombre, con apariencia de verdaderos, resultaron ser falsos.
Por otro lado, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid (C/Santiago de Compostela, 96) celebra el próximo martes, día 3 de febrero, a las 12:00 horas, la vista oral del juicio contra Virginia F. G., por la supuesta comisión de un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso medial con una falta continuada de estafa por lo que la Fiscalía solicita para ella una pena de cinco años de prisión.
Tal y como se desprende del informe de calificación provisional del Ministerio Público, la acusada, entre el 18 de noviembre de 2011 y el 21 de febrero de 2012, era enfermera adscrita al Centro de Salud ‘Guzmán el Bueno’, dependiente de la Dirección Asistencial Centro de Madrid. A sabiendas de que los médicos del centro dejaban firmadas en blanco recetas a fin de que, en caso necesario, las enfermeras de servicio hicieran uso de ellas, cumplimentado los datos relativos a los pacientes crónicos y a la medicación prescrita a dichos enfermos, aprovechando su condición de enfermera y con el propósito de obtener un beneficio, cogió, al menos, 68 recetas firmadas previamente por los doctores.
En el apartado correspondiente a la prescripción escribió el nombre de medicamentos psicotrópicos tales como lexatín, lorazepam y y trankimazín y, en el apartado correspondiente al paciente, consignó su nombre y datos personales, logrando así su correspondiente expedición en las farmacias. El importe abonado por el Servicio Madrileño de Salud por estas recetas asciende a la cantidad de 114,30 euros.
Por otra parte, la Sección Segunda celebra los próximos miércoles y jueves, 4 y 5 de febrero, también a partir de las 10:00 horas, la vista oral del juicio contra Jesús M. P. y Ana Belén E. G. por dos delitos de proposición para cometer asesinato, por los que se enfrentan a una pena de veintitrés años de prisión cada uno.
Según el Ministerio Público, los procesados, puestos de común acuerdo, decidieron matar a José Antonio P. J. y a Mariano L. P. Para llevar a cabo su plan entraron en contacto con el testigo protegido nº 1, al que encargaron la comisión de los crímenes. Ana Belén E. G. mantenía una relación sentimental con José Antonio P. J. análoga al matrimonio a la que llevaba en secreto con el acusado. A su vez, Mariano L. P. es el suegro de Jesús M. P. y propietario de la empresa (una funeraria) en la que trabajaban los dos procesados, ella de recepcionista y él de comercial, y la otra futura víctima, también de comercial. Así las cosas, en septiembre de 2008 y durante los cuatro meses posteriores, Ana Belén llamó al testigo protegido para manifestarle inequívocamente que quería matar a José Antonio porque le acosaba sexualmente y porque sería el primero en sospechar de que ella y Jesús tenían algo que ver en la muerte de Mariano; y que había que eliminar a Mariano porque de este modo Jesús se quedaría al frente de la empresa al ser su yerno. Y convino en pagarle 4.000 euros por cada muerte, 3.000 al cerrar el trato y otros mil al finalizar.
También le dijo que primero había que acabar con la vida de José Antonio en el aparcamiento de la empresa y con la de Mariano en su domicilio a las afueras de Madrid. El 23 de enero de 2009 Jesús M. P. dio orden a su banco para que transfiriera 3.000 euros a otra cuenta, de la que sacó el dinero en efectivo para entregárselo a su compinche, que se lo dio en mano al testigo protegido. También le entregó un sobre con una fotografía de una cena de Navidad en la que estaba José Antonio, y por Bluetooh le remitió una fotografía de Mariano, al objeto de que pudiera identificarles. También le indicó que la alarma de la casa no funcionaba. Ese mismo día el testigo protegido nº 1 contactó con la Comisaría de Policía de Alcalá de Henares y denunció les hechos.
Por último, la Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid celebra el próximo jueves 5, a las 10:00 horas, la vista oral del juicio contra Iván G. C. por un delito de lesiones por el que la Fiscalía solicita para él una pena de once años de prisión y la prohibición de aproximarse a su víctima, a su domicilio o a cualquier lugar donde se encuentre, por espacio de 18 años. También pide la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el referido periodo.
Según las conclusiones provisionales del Ministerio Público, en una analítica efectuada al procesado, con fecha 12 de diciembre de 2011, resultó positivo en el test de serología VIH. Dicho diagnóstico se confirmó en análisis posteriores, de manera que, en junio de 2012, el procesado tenía perfecto conocimiento de que era portador de dicho virus. Seis meses después, en diciembre de ese mismo año, Iván inició una relación sentimental con una mujer que duró hasta marzo de 2013.
En ningún momento el procesado comunicó a su pareja que era portador del VIH, manteniendo durante dicho periodo múltiples contactos sexuales sin utilizar nunca preservativo ni medida profiláctica alguna. Todo ello a pesar de ser plenamente consciente de la alta probabilidad de contagio del virus por transmisión sexual. Así, la mujer presentó a finales de enero de 2013 un cuadro de fiebre y odinofagia, entre otros síntomas. Las analíticas que le realizaron demostraron que se había contagiado. El diagnóstico definitivo y cerrado, tras ser sometida al tratamiento correspondiente, confirmó que había sido infectada por el virus de esta enfermedad crónica grave que se puede tratar, pero no curar.
Como consecuencia del contagio y de haber contraído la enfermedad, la mujer presenta un cuadro ansioso-depresiva, problemas de concentración, reducción de la energía y de la líbido, alteraciones del sueño, además de una ideación suicida significativa y otras secuelas.