Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El auto cuenta con el voto discrepante del magistrado Ramón Sáez
La Sección Primera de la Sala de lo Penal ha rechazado los recursos de una veintena de presos contra la decisión del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de mantenerles en diferentes cárceles del territorio español.
La Audiencia Nacional considera que no se han conculcado los derechos de comunicaciones y visitas, defensa y asesoramiento jurídico, a la asistencia médica, a la cultura o la educación fundamentales de los recurrentes ni se ha contravenido la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
"En este caso ninguna vulneración de derechos fundamentales con cobertura constitucional, u ordinaria, tanto a nivel nacional como internacional se ha producido, ni se han contravenido la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ni de ningún otro", dicen los magistrados.
Entre otros argumentos, la Sala explica que en la actualidad, a la vista de los acontecimientos sociales como el cese definitivo de la actividad armada, la política de dispersión ha sido modificada, posibilitando "una especie de reagrupamiento controlado de los internos que han roto sus vínculos" con ETA, la denominada "Vía Nanclares", en referencia a la cárcel de Nanclares de Oca donde se encuentran presos que han expresado su disidencia con la organización terrorista.
El magistrado Ramón Sáez ha formulado un voto discrepante en el que sostiene que la cercanía, en ocasiones, a la familia y a los amigos "puede convertirse en un mecanismo de conexión con una realidad social cambiante que rechaza la violencia terrorista, lo que podría propiciar procesos de reflexión en clave de reconocimiento del daño causado a la víctimas".