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La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación en materia de derechos fundamentales. Los hechos objeto de enjuiciamiento parten de la demanda interpuesta por el Fútbol Club Barcelona contra el diario Le Monde por la información publicada los días 7 y 8 de diciembre de 2006 en la que se vinculaba al Fútbol Club Barcelona con un imputado por prácticas de dopaje en un procedimiento penal iniciado a raíz de la denominada «Operación Puerto». La demanda fue estimada en primera instancia y confirmada esta resolución por la Audiencia Provincial, que modificó, sin embargo, las medidas para el resarcimiento.
La sentencia, de la que es ponente el magistrado Xiol Ríos, desestima el recurso de casación interpuesto por el medio informativo francés. En la ponderación de los derechos fundamentales en colisión, atendiendo a las circunstancias del caso, la sentencia declara que no puede mantenerse la prevalencia de la libertad de información sobre el derecho al honor de la recurrente, al no haber ejercido la libertad de información de forma legítima, pues pese a que existía un interés público elevado en el asunto, la información publicada no era veraz, al haber utilizado datos inconsistentes y no contrastados, siendo las fuentes y la comprobación llevada a cabo por el periodista insuficientes para la publicación de una noticia que por su gravedad y trascendencia social implicaba el descrédito en la consideración del Club.
Madrid, 14 de noviembre de 2011.