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La sentencia no aprecia abusos sexuales al no existir “falta de consentimiento”
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un hombre a dos años de prisión por un delito de lesiones en materia de violencia de género y un delito de coacciones, por agredir a su pareja –con discapacidad psíquica- y provocarle múltiples lesiones. Asimismo, señala la prohibición de acercarse a una distancia inferior a 500 metros de la víctima durante tres años.
Los hechos ocurrieron en la localidad de Cotillo (Fuerteventura), cuando el acusado golpeó a su pareja con un palo en ambas piernas, le mordió la oreja izquierda y le dio un puñetazo en el ojo. La sentencia en cambio, no aprecia delito de abuso sexual –como solicitaba la acusación particular y la Fiscalía-, porque la víctima tenía “capacidad para consentir la relación sexual”, como fue en este caso.