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Además de la pena de prisión, le han impuesto la prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas durante dos años, así como el abono de una indemnización de 3.000 euros a la perjudicada que padeció más daños y de 600 euros a la otra denunciante
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a tres años y cinco meses de prisión a un hombre por echar droga en la bebida a dos prostitutas que se desplazaron a su vivienda durante la madrugada del 3 al 4 de junio de 2015. Tras ingerir el cóctel, que contenía cocaína y MDMA, una de las víctimas comenzó “a sentir mareos con pérdida de visión”, según indica el tribunal en la sentencia, en la que sostiene que tardó en curar siete días. La Audiencia Provincial destaca que su compañera sufrió unos “efectos menores” porque vomitó la bebida.
Los magistrados han condenado al imputado como autor de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, y de otro de lesiones. Además de la pena de prisión, le han impuesto la prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas durante dos años, así como el abono de una indemnización de 3.000 euros a la perjudicada que padeció más daños y de 600 euros a la otra denunciante. Contra la sentencia se puede presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
“No cabe aplicar el principio de insignificancia de la cantidad de droga suministrada a través de la bebida cuando las dosis disueltas han sido suficientes para producir efectos nocivos en la salud de las personas que las ingirieron”, argumenta el tribunal, quien recalca que la acción “lesionó la indemnidad de las víctimas”. Los magistrados consideran “la circunstancia más relevante” que el condenado proporcionase la droga “de forma inconsentida por sus destinatarias”, un factor “que aumenta notablemente la reprochabilidad de la conducta”.