El acusado de intentar matar a puñaladas a un desconocido en una plaza de Oviedo en 2015 acepta una condena de 4 años y 8 meses de prisión
El autor ha reconocido los hechos
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- Comunicación Poder Judicial
El hombre acusado de intentar matar a puñaladas a un desconocido en una plaza de Oviedo en 2015 ha admitido los hechos aceptando una condena de 4 años y 8 meses de prisión. La Fiscalía del Principado de Asturias le reconoció la existencia de una atenuante de reparación parcial del daño, ya que consignó en la cuenta del Juzgado parte de la cantidad que se le solicitaba de indemnización para la víctima.
La vista oral estaba señalada en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo, aunque el reconocimiento de los hechos por parte del acusado evitó su desarrollo. Sobre las 8:30 horas del 13 de septiembre de 2015, cuando el procesado se encontraba en la Plaza de Riego de Oviedo, se aproximó a un desconocido, que estaba acompañado de un grupo de amigos y que previamente había tenido una discusión con otro individuo no identificado, y sin motivo ni justificación, con un instrumento punzante que llevaba en la mano, le apuñaló al menos dos veces con intención de matarlo, en el área cardíaca y cercana al bazo. A continuación, abandonó corriendo el lugar, arrojando al suelo el arma, que fue recuperada por la Policía Nacional. Los agentes detuvieron al acusado cuando corría por la calle Altamirano de la capital asturiana.
El herido, de 26 años, ingresó de urgencia en el Hospital Universitario Central de Asturias en estado crítico. Tardó en curar 70 días, cinco de los cuales estuvo hospitalizado. Le quedaron varias secuelas, entre ellas, varias cicatrices.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa de los artículos 138, 16 y 62 del Código Penal, con la atenuante de reparación parcial del daño, por los que el procesado aceptó 4 años y 8 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y abono de las costas procesales, junto con el pago de una indemnización de 4.500 euros por las lesiones y con 1.500 euros por las secuelas (parte de esta cantidad ya fue consignada en la cuenta del Juzgado antes del juicio, por lo que se aplicó la atenuante). Igualmente aceptó no aproximarse al agredido ni a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encontrase a menos de 1.000 metros durante 6 años y 8 meses; ni comunicarse ni establecer con él contacto escrito, verbal o visual, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, durante el mismo espacio de tiempo.
La Fiscalía solicitó que la Sala acuerde la expulsión del procesado del territorio nacional una vez que haya cumplido la totalidad de la condena o bien cuando, tras cumplir dos tercios de la misma, acceda al tercer grado o se le conceda la libertad condicional. El acusado ingresó en prisión provisional por esta causa el 13 de septiembre de 2015.