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La Sala entiende que en uno de los casos solo se cuenta con la declaración de la presunta víctima, y en el otro concurren contradicciones
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado el recurso de apelación presentado por un hombre condenado a 10 años de prisión por sendos delitos de tentativa de agresión sexual y ha revocado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Las Palmas, acordando su absolución.
La resolución sostiene que, en este caso, la carga probatoria no alcanzó el nivel necesario para enervar la presunción de inocencia, al apreciar insuficiencias y contradicciones en la prueba practicada.
El tribunal declara que no puede afirmarse con la certeza exigible la existencia de los hechos denunciados y concluye que debe prevalecer el principio de in dubio pro reo. Precisa que la sentencia de instancia queda revocada y que las costas se declaran de oficio.
La Sala recuerda que el recurso de apelación permite revisar plenamente la valoración probatoria y que, en delitos de esta naturaleza, la declaración de la víctima puede ser suficiente solo si aparece acompañada de credibilidad subjetiva, verosimilitud objetiva y persistencia incriminatoria. Sin embargo, aprecia que en el caso analizado no concurren corroboraciones periféricas bastantes y que existen contradicciones relevantes sobre extremos nucleares del relato.
La sentencia subraya que “no se dispone de más prueba que la de la declaración de la menor” en uno de los episodios, y que en el otro concurren “contradicciones” que impiden sostener el relato acusatorio con el grado de certeza exigible. Por ello, concluye que la prueba es insuficiente para mantener la condena.
El relato que no se ha considerado probado sostenía que en septiembre de 2019 y en abril de 2022 el acusado había intentado abusar sexualmente de una sobrina menor de edad con la que convivía, en la primera ocasión en el domicilio familiar y en la segunda en un descampado.