Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El tribunal ha apreciado la agravante de discriminación por orientación sexual de la víctima en relación con todos los delitos y de reincidencia en el caso del delito de estafa. La sentencia, dictada tras un acuerdo de conformidad, es firme
La Audiencia de Bizkaia ha condenado a un total de 19 años de prisión a un hombre por los delitos de homicidio, robo con violencia en casa habitada y estafa por uso fraudulento de tarjeta, en relación con la muerte de un varón el 2 de septiembre de 2021 en Bilbao. Con esta resolución, este hombre suma cinco condenas por homicidio y asesinato, una en grado de tentativa.
La sentencia ha sido dictada “in voce” en una vista oral que ha tenido lugar hoy a puerta cerrada y en la que el acusado ha ratificado el acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes (acusación particular, popular, defensa y Ministerio Fiscal), que han anunciado su voluntad de no recurrirla por lo que es firme.
En ella se declara probado que el acusado contactó con la víctima a través de una aplicación de citas y que los hechos por los que es condenado se produjeron “dentro de un contexto de discriminación, donde el acusado seleccionó y cometió el ataque contra la víctima movido por un perjuicio contra su orientación sexual homosexual”.
Así, el 2 de septiembre de 2021 el acusado se personó en el domicilio de la víctima con el pretexto de mantener un encuentro sexual, “pero con la finalidad real de acabar con su vida y hacerse con sus pertenencias, en razón de la orientación sexual de la víctima”.
En la sentencia se indica que el acusado ocasionó a la víctima “una insuficiencia respiratoria que le causó la muerte, sin que pueda determinarse el modo, medio o forma empleados” y que, con el propósito de obtener un beneficio patrimonial ilícito, llevó a cabo varios traspasos de la cuenta bancaria de la víctima a la suya y se apoderó de varios objetos que vendió posteriormente.
El importe total de las operaciones ilícitas y el valor de los bienes sustraídos ascendieron a 1.309 euros.
La Audiencia de Bizkaia le ha impuesto 13 años de prisión como autor de un delito de homicidio; cuatro años y tres meses por el delito de robo con violencia en casa habitada; y un año y nueve meses de prisión por el de estafa por uso fraudulento de tarjeta.
Concurre la agravante contemplada en el artículo 22.4º del Código Penal consistente en la comisión del delito por discriminación relativa a la orientación sexual de la víctima en relación con todos los delitos; y la agravante de reincidencia del artículo 22.8º del CP en el caso del delito de estafa por uso fraudulento de tarjeta.
Además, el acusado deberá indemnizar con 15.000 euros a cada uno de los ocho hermanos de la víctima por los daños morales causados y a los herederos en 1.309 euros por las cuantías indebidamente obtenidas.
Con esta resolución, el acusado suma cinco condenas por homicidio y asesinato, una de ellas en grado de tentativa.