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La Sala de lo Contencioso considera que la actora no tiene legitimación activa, al carecer de un interés directo
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJMU inadmite el recurso presentado por la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha contra los contratos de cesión de aprovechamiento de agua suscritos entre los regantes de Hellín y las comunidades de Águilas y Mazarrón, al apreciar la falta de legitimación activa.
Se impugnaban las resoluciones de la Confederación Hidrográfica del Segura de 25 y 29 de septiembre 2009 aprobando siete contratos de cesión de derechos de aprovechamiento de aguas suscritos entre regantes del municipio de Hellín, como cedentes y las comunidades de regantes de Águilas y Mazarrón, como cesionarios.
La Junta alegaba que en varios expedientes aportados por los propios contratantes, se expresa que las dos comunidades de regantes cesionarias son titulares de concesiones a precario y que, por tanto, no pueden celebrar estos contratos.
La Sala compartiendo el criterio de la Abogacía del Estado y de la codemandada, concluye que “la actora carece de interés legitimo, que pueda verse afectado por las resoluciones de concesión entre los regantes de la cuenca receptora y que se adopten sobre estos volúmenes ya trasvasados”.