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AN Social: Desestima demanda interpuesta por el Sindicato de Trabajadores de REPSOL STR, en materia de conflicto colectivo: No es contraria al convenio colectivo de las estaciones de servicio, la obligación de los encargados de CAMPSA Estaciones de Servicio, de denunciar en comisaria los casos en los que el cliente se va sin abonar el combustible.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad
La asignación de estos cometidos no puede sino considerarse ejercicio lícito, correcto y no abusivo de las facultades de dirección y organización del trabajo con fundamento constitucional en la libertad de empresa (art. 38 CE).