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El dictamen de Les Corts sobre el siniestro ferroviaria ha sido remitido al Juzgado por la Fiscalía un año después de su aprobación y con la causa sobreseída. Desde su aprobación por el parlamento autonómico, en junio de 2016, ninguna parte ha solicitado al Juzgado la incorporación del documento a la causa judicial
El Juzgado de Instrucción 21 de Valencia ha acordado devolver a la Fiscalía el dictamen elaborado por la Comisión Especial de Investigación sobre el accidente de la Línea 1 de Metrovalencia de Les Corts Valencianes, documento que fue remitido al Juzgado por la Fiscal Jefa Provincial el 26 de junio, un año después de su aprobación y estando ya sobreseída la causa judicial por el accidente ocurrido el 3 de julio de 2006 en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas. La instructora cree que procesalmente, estando el caso sobreseído, no puede incorporarlo al procedimiento.
En su resolución, la jueza recuerda que “las conclusiones de la comisión parlamentaria se reciben en este Juzgado un año después de su aprobación, cuando la causa ha sido sobreseída provisionalmente, se han desestimado los recursos de reforma interpuestos por las partes, y habiendo expirado también el plazo para la interposición de los recursos de apelación cuya resolución está pendiente de la Audiencia Provincial”.
Subraya, igualmente, que “en el año transcurrido entre la aprobación de las conclusiones y su remisión al Juzgado a través de la Fiscalía, ninguna parte pidió su incorporación a la causa, pese a que en ese tiempo el procedimiento se encontraba en trámite” y se han seguido practicando diligencias.
La Fiscalía pidió el pasado 26 de junio que el dictamen de la comisión parlamentaria de investigación se incorporara a la causa “a los efectos oportunos”. La magistrada entiende que en el tramite actual, estando sobreseída la causa desde el 23 de mayo y pendientes de resolverse los recursos de apelación, no cabe la unión de dicho documento a las diligencias. Por este motivo, devuelve el documento al Ministerio Público y pide que precise cuáles son los "efectos oportunos" a los que se refiere en el escrito.
La resolución no es firme. Puede ser recurrida en reforma ante el propio Juzgado de Instrucción.