La Audiencia de Barcelona acuerda no suspender la pena de prisión a 4 Mossos d’Esquadra condenados por torturas
- Tipo de documento
- Documentos de trabajo
- Autor
- Tribunal Superior de Justicia (Cataluña)
- Fecha de inicio
- jueves, 24 de mayo de 2012
Etiquetas:
sala de prensa
La Audiencia de Barcelona acuerda no suspender la pena de prisión a 4 Mossos d’Esquadra condenados por torturas
La sección 9ª de la Audiencia de Barcelona ha acordad no suspender la pena de prisión a 4 Mossos d’Esquadra que fueron condenados y a quien el Consejo de Ministros, en resolución del 17 de febrero de 2012, concedió el indulto parcial rebajando la condena a 2 años de prisión.
La Audiencia de Barcelona considera que, aunque la condena de 2 años de cárcel y la falta de antecedentes penales pudieran ser condiciones para no cumplir la condena, la sala entiende que “existen razones de prevención general y especial, de peligrosidad criminal, de repulsa y alarma social... que justifican el ingreso del penado en prisión, para cumplir la pena impuesta, aunque la misma no exceda de los dos años”.
La gravedad de la conducta perpetrada por los condenados y el hecho que sean miembros del cuerpo policial, que por mandato constitucional tiene como función la de proteger al ciudadano, son los principales motivos que considera la sala para no aceptar la suspensión de la pena.
Esta decisión no es firme y aún puede presentarse recurso ante la misma sala de la Audiencia de Barcelona.