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La Sala estima que no se respeta la tasa de reposición
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV ha estimado el recurso interpuesto por el abogado del Estado y anulado la resolución del 6 de marzo de 2015 de la directora general de la Academia de Policía y Emergencias por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en la categoría de agente de la escala básica de la Ertzaintza.
La Sala considera que no puede concluirse que el sistema de financiación propio de la Comunidad Autónoma ni la raíz foral de la institución policial del País Vasco, sitúen a Euskadi al margen de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en los apartados de carácter básico.
Además, estima que no se respeta la tasa de reposición, al incluirse en la convocatoria un número de plazas (250) que la superan.