TS Contencioso-Administrativo: Estima el recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales contra resolución de la Secretaría General de Universidades y anula, en cuanto a su denominación, el título de "Graduado/a en Ingenieria de la edificación" de las Universidades de Burgos, País Vasco y San Pablo-CEU. Título que habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico. Inexistencia de vulneración del derecho a la autonomía universitaria:
- Órgano judicial
- Tribunal Supremo (España). Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 4ª
- Orden jurisdiccional
- Contencioso-Administrativo
- Número de recurso
- 169/2011
- Tipo de resolución
- Sentencia
- Ponente
- Ricardo Enriquez Sancho
- Identificador
- 28079130042013100174
- Año
- 2013
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad
La denominación dificulta la identificación de la profesión para cuyo ejercicio habilita el título ya que, aún hoy, nuestro ordenamiento jurídico y la percepción social mayoritaria diferencian las profesiones de Ingeniero y Arquitecto.