Sentencia analizada  TS Contencioso-Administrativo: Estima el recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales contra resolución de la Secretaría General de Universidades y anula, en cuanto a su denominación, el título de "Graduado/a en Ingenieria de la edificación" de las Universidades de Burgos, País Vasco y San Pablo-CEU. Título que habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico. Inexistencia de vulneración del derecho a la autonomía universitaria:

Órgano judicial
Tribunal Supremo (España). Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 4ª
Orden jurisdiccional
Contencioso-Administrativo
Número de recurso
169/2011
Tipo de resolución
Sentencia
Ponente
Ricardo Enriquez Sancho
Identificador
28079130042013100174
Año
2013

EtiquetasEtiquetas:  jurisprudencia, sentencias de actualidad

La denominación dificulta la identificación de la profesión para cuyo ejercicio habilita el título ya que, aún hoy, nuestro ordenamiento jurídico y la percepción social mayoritaria diferencian las profesiones de Ingeniero y Arquitecto.