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TS Civil: Casa sentencia recurrida. Interpretación del concepto de interés legítimo, que ha de concurrir para reconocer legitimación activa al Registrador de la Propiedad para impugnar ante la jurisdicción civil la decisión de su superior jerárquico (DGRyN) revocatoria de su calificación negativa.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad
Reitera doctrina jurisprudencial: El registrador de la propiedad está legitimado activamente para impugnar la resolución dictada por la DGRyN siempre que acredite o justifique su derecho por el anuncio de apertura de expediente disciplinario o se le exija responsabilidad civil, no en caso contrario.