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TS Civil: Anula sentencia de la AP Madrid. Incidencia de una herencia recibida por el cónyuge perceptor en la modificación o extinción de la pensión compensatoria: Declara como doctrina jurisprudencial en la interpretación de los artículos 100 y 101 del CC que el hecho de recibir una herencia es una circunstancia en principio no previsible, sino sobrevenida, susceptible de incidir favorablemente en la situación económica del beneficiario o acreedor de la pensión y como tal determinante de su modificación o extinción.
Etiquetas:
jurisprudencia, sentencias de actualidad