Condenan al Ayuntamiento de Cartagena a la devolución de 5 millones de euros por incumplimiento de un convenio

El juzgado Contencioso 1 admite parcialmente el recurso interpuesto por una mercantil

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Comunicación Poder Judicial

El juzgado Contencioso 1 de Cartagena admite parcialmente el recurso interpuesto por una mercantil y condena al Ayuntamiento de Cartagena a la devolución de 5.224.706 euros, por el incumplimiento de un convenio firmado en 2005, en relación con el expediente de gestión del Plan Parcial El Vivero (La Manga del Mar Menor).

Según recoge la sentencia, se trata de un convenio por el cual el Ayuntamiento se atribuye el 10 % del aprovechamiento del Plan Parcial El Vivero, en proceso de gestión urbanística, y lo cuantifica económicamente, sirviendo contraprestación para cancelar una deuda de 26 de julio de 1.996 respecto de la Plaza de Toros, y además recibir la cantidad de 2.709.749 euros.

Así, continua la resolución, el Ayuntamiento asume la obligación de trasladar a la mercantil TÉCNICA DE INVERSIONES GAMMA, S.L. el contravalor del importe económico que recibe tanto por una cancelación de deuda, como por una contraprestación en metálico.

El recurrente solicitaba la declaración de incumplimiento del Convenio de 12 de julio de 2005, interesando la devolución de 2.709.749 euros, así como la valoración económica de 5.914,50 metros cuadrados de edificabilidad del Plan Parcial El Vivero.

De acuerdo a la prueba practicada, el magistrado entiende que el Ayuntamiento percibió un ingreso económico de 2.709.749 euros, canceló una deuda de otro convenio anterior, y ha obtenido un beneficio de 5.224.706 euros. Sin embargo, continúa explicando la resolución, “el Ayuntamiento no ha obtenido el 10 % del aprovechamiento lucrativo trece años después de comprometerse a ello, para cederlo.

Por esta razón, concluye el fundamento jurídico segundo, “se ha producido el incumplimiento por parte del Ayuntamiento, lo que demuestra la necesidad de resolver el Convenio Urbanístico, y la devolución de la contraprestación económica en los términos cuantificados por el propio Ayuntamiento”.

El magistrado titular declara la resolución del Convenio Urbanístico de 12 de julio de 2.005, condenando al Ayuntamiento de Cartagena a la devolución de la cantidad de 5.224.706 euros, más los intereses legales desde el nacimiento del silencio administrativo, originado por la no resolución expresa de la petición de 15 de diciembre de 2016.

Discrepa el juzgador con la actora en cuanto a que la cantidad a devolver por el Ayuntamiento deba verse incrementada en el interés legal desde la entrega del dinero, tras la firma del convenio; y entiende que la resolución y subsiguiente restitución del dinero entregado y condonado sólo produce intereses desde la desestimación de la petición por silencio administrativo.