Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Los informes médicos forenses han acreditado el estado de salud del que fuera extesorero del PP
La Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional acuerda la suspensión del procedimiento y el archivo de las actuaciones respecto del extesorero del PP Álvaro Lapuerta por demencia sobrevenida “hasta que recobre la salud”.
En un auto, los magistrados toman esta decisión de conformidad con los informes aportados por la parte, así como el emitido por los peritos médicos forenses de la Audiencia Nacional que han acreditado el estado de salud de Lapuerta.
La Sala explica que “queda debidamente acreditada la demencia sobrevenida de Álvaro Lapuerta Quintero, procediendo por tanto la suspensión de las presentes actuaciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 383 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, decretándose el archivo de la presente causa, respecto del mismo, hasta que recobre la salud”.
En otro auto, la Sala acuerda la misma medida de suspensión y archivo del procedimiento, también por demencia sobrevenida, respecto del empresario Rafael Naranjo Anegon, de conformidad con los informes aportados por la parte, el emitido por los peritos de la Audiencia Nacional, así como la declaración de incapacidad tramitada por el Juzgado de Primera Instancia 65 de Madrid.
Por otro lado, la Sección Segunda accede a la solicitud de Ángel Sanchís Herrero para que se practique como prueba testifical la declaración en el juicio oral de Francés Cartagena y Patricio Bel, así como la incorporación de prueba documental.