Confirman once meses de cárcel por agredir a un agente en la estación de Delicias de Zaragoza

Los magistrados rebajan la indemnización por un error en el parte médico

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Comunicación Poder Judicial

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha estimado parcialmente el recurso de un ciudadano, reduciendo de 3.600 a 2.700 euros la indemnización a un policía nacional por las lesiones sufridas en un altercado en la estación de Delicias. No obstante, el tribunal ha ratificado la condena de once meses de cárcel por los delitos de atentado contra la autoridad y lesiones.

El ahora condenado intentó viajar en un tren AVE sin pagar el billete, lo que motivó que la Policía Nacional le levantara un acta de intervención. Pocos minutos después, los agentes fueron requeridos en la terminal de autobuses tras el aviso de un conductor por las molestias que el individuo estaba causando a los pasajeros, formalizándose un segundo parte. Una hora más tarde, la situación se repitió cuando otro chófer alertó de un nuevo intento de acceder al autobús sin abonar el pasaje. Al proceder a su desalojo del recinto, el acusado arremetió contra uno de los policías, empujándole contra la pared y causándole la fractura de la falange distal del pulgar izquierdo, al tiempo que lanzaba amenazas. Todo ello ocurrió mientras el procesado se encontraba bajo los efectos de una fuerte intoxicación etílica.

Los magistrados señalan que la valoración de la prueba efectuada por la jueza de instancia es plenamente ajustada a derecho. Sin embargo, en cuanto a la responsabilidad civil, el tribunal constata que existe una contradicción en la sentencia ya que, aunque la agresión y la fractura ósea se produjeron en el pulgar izquierdo (como confirman el atestado y el informe forense), los hechos probados atribuyeron una secuela al pulgar derecho debido a un error en el parte médico inicial que nunca se corrigió. Como no se puede demostrar que la lesión del pulgar derecho guarde relación con los hechos, no procede indemnizarla. Por tanto, se deben descontar 900 euros correspondientes a ese concepto, quedando una indemnización final de 2.700 euros.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.