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Los magistrados señalan que desconocer cuándo se introdujo la droga no exime de culpa al acusado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la condena de siete años y seis meses de prisión al acusado de introducir en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas trece kilos de cocaína escondidos en la maleta para su distribución. El tribunal ratifica, asimismo, la multa de 1.100.000 euros impuesta.
La sustancia intervenida, con una riqueza del 83,8% y un peso neto de 13.024,61 gramos, habría alcanzado los 430.463,56 euros. El encausado se halla privado de libertad desde el 31 de julio de 2025, fecha en la que tuvieron lugar los hechos.
El tribunal señala que, aunque la maleta pesara menos al llegar a Madrid que al salir de Guayaquil, esto solo demostraría que la droga se introdujo en algún punto del trayecto, ya sea camino de la bodega o en la zona de recogida de equipajes por parte de terceros. Sin embargo, los magistrados recalcan que esto no exime de culpa al acusado. Las pruebas demuestran que, como mínimo, este conocía y aceptaba que su maleta se usara para este fin, o bien decidió ignorarlo deliberadamente. Por tanto, concluyen que, aunque ignorara el momento exacto en que se metió la droga, prestó su equipaje sabiendo -o sin poder ignorar- que iba a servir para una actividad ilegal.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo en casación.