Noticias Judiciales TSJ Madrid
-
- La sentencia señala que aún sin éste material probatorio “no existen elementos independientes que permitan acreditar el tráfico de drogas y la asociación y organización entre los acusados, ni el intento de financiación de producciones artísticas derivadas de la comisión de actividades ilícitas”
-
- Paralelamente, la Sala nombra al magistrado Francisco José Goyena Salgado, miembro de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, instructor de la causa.
-
- La nueva resolución modifica el fallo de asesinato a homicidio agravado al no considerar suficientemente probada la alevosía
-
- Pese a las recomendaciones efectuadas por los magistrados comunitarios, y denunciar el abuso en la contratación temporal por parte de las Administraciones demandadas, el Pleno de la Sala de lo Social no ha estimado en su totalidad las demandas formuladas
-
- El tribunal considera probado que Jimmy-José R. R. fue el autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa cometidos en el transcurso de una ‘caída’ (ataque por sorpresa) la noche del 26 de abril de 2021 en el madrileño barrio de San Fermín, cerca de Usera.
-
- Este mural había sido creado con el objetivo de ocupar un espacio público en el que dar visibilidad a algunas mujeres relevantes de la historia y como muestra del rechazo de la violencia de género
-
- En sintonía con el Juzgado instructor, la Sala entiende que no hay prueba suficiente que avale la realidad indiciaria de los hechos denunciados y que justifique continuar con la investigación sobre la supuesta operación orquestada por el Estado
-
- La cadena hotelera acusaba a los querellados de conductas ilícitas para perjudicarles injustamente durante la tramitación de los expedientes de concesión de obras y otras autorizaciones administrativas de dos hoteles en Fuerteventura. La Audiencia considera sin embargo que no procede la investigación interesada por resultar ‘prospectiva’ y basarse en ‘meras sospechas carentes de seriedad’
-
El TSJM confirma el suspenso a un opositor a policía que no superó el corte de la prueba ortográfica
- Los magistrados rechazan su pretensión de que la grafía en “redonda” que se planteaba en el examen no sea una entrada en el Diccionario de la Lengua Española, donde los términos en discusión aparecen en “cursiva”
-
- El tribunal aplica en el fallo las circunstancias atenuantes de reparación del daño y de ludopatía y contempla así la modificación de las conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, que en principio solicitaba seis años de reclusión. Las defensas se han adherido y, por tanto, la sentencia ha alcanzado firmeza