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La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha condenado al pago de 1.500 euros a un estudio fotográfico que expuso en su escaparate la fotografía de un menor de dos años de edad sin autorización de sus padres.
De esta forma, confirma la sanción por infracción grave impuesta, en noviembre de 2010, por la Agencia de Protección de Datos y desestima el recurso contra la misma que interpuso el estudio fotográfico.
La sentencia explica que "no puede ser aceptado que la mera captación de las imágenes de una persona en un estudio fotográfico conceda al fotógrafo un `derecho de autor´ o de `propiedad intelectual´ a utilizar de la forma que estime conveniente la imagen de esa persona sin su consentimiento, exponiéndola al público en galerías, revistas, etc."