Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo en la Audiencia Nacional

El artículo 50.1, parrafo 2º, de la Ley 29/2011 de 22 de septiembre de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo establece que "Específicamente el Ministerio de Justicia establecerá una Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo en la Audiencia Nacional". En el artículo 51 del mismo texto legal se relacionan las funciones de esta Oficina.

Así mismo, el artículo 33 del Real Decreto 1109/2015 de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015 de 27 de abril del Estatuto de la Víctima del Delito alude, de una forma más amplia y pormenorizada, a las funciones de esta Oficina.

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Oficina de Víctimas del Terrorismo