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El tribunal considera que las expresiones quedan amparadas por la libertad de expresión
La sección 3ª de la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un acusado del delito de odio por el que se lo juzgó a raíz de las expresiones sobre un partido político emitidas en un programa radiofónico. El tribunal considera que las declaraciones quedan amparadas por la libertad de expresión y, por lo tanto, no se puede considerar que estas deriven en la comisión de ningún delito.
Así se recoge a la sentencia: “Independientemente de la opinión que pueda sostenerse sobre la corrección y la oportunidad de las palabras, del tono utilizado, e incluso de la intencionalidad de las frases denunciadas, lo cierto es que no puede sino entenderse que éstas, a la vista de la abundante jurisprudencia existente al respecto, quedan amparadas por el derecho a la libertad de expresión y, por el contrario, poder considerar cometido el delito imputado”.