El juez ve indicios para juzgar a 27 personas y a la sociedad Defex por los contratos de Angola

El magistrado les atribuye delitos de corrupción en las transacciones internacionales, contra la Hacienda Pública, apropiación indebida, malversación de caudales públicos, blanqueo de capitales, falsedad documental y delito de organización y grupo criminal

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Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dictado un auto sobre el denominado ‘caso Defex’ donde señala que existen indicios para jugar a 27 personas investigadas y a las sociedades Defex, Comercial Cueto 92 SL y Global Reach S.A. en su condición de personas jurídicas. El magistrado les atribuye delitos de corrupción en las transacciones internacionales, contra la Hacienda Pública, apropiación indebida, malversación de caudales públicos, blanqueo de capitales, falsedad documental y delito de organización y grupo criminal, todo ello en relación con el presunto desvío y apropiación de fondos de la empresa pública Defex en contratos de suministro de material policial para Angola.

En el auto en el que acuerda el pase de las diligencias al procedimiento abreviado y pone fin a la instrucción, de 275 páginas, el juez dirige el procedimiento contra exdirectivos de las empresas investigadas. De la Mata procede también contra la sociedad pública Defex y Comercial Cueto S.L. como responsables penales corporativos por su “absoluto descontrol en materia de organización y control societario económico financiero y jurídico y la inexistencia de los más elementales y básicos mecanismos de prevención del delito, cuya aplicación habría impedido estos criminales comportamientos”.

La resolución da a partir de ahora un plazo de 20 días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral presentado escrito de acusación, al tiempo que archiva el procedimiento para cinco investigados. Ratifica también la busca y captura e ingreso en prisión de Oliveira TP.

En esta pieza se han investigado los contratos firmados por la UTE Cueto-Defex y el Comando general de Policía Nacional de Angola, firmado el 12 de junio de 2008, de suministro de equipamientos y material policial, por importe superior a los 152 millones de euros, cuyo coste de ejecución fue de algo más de 59 millones (el 38,6 por ciento) y el beneficio obtenido de casi 94 millones (61,3 por ciento).

Después de analizar toda la operativa relativa a este contrato el magistrado apunta que la distribución que hizo la UTE, de forma genérica, fue la siguiente: un 33 por ciento para la adquisición y suministro del material; un 33 por ciento de beneficios para las dos empresas que formaban la UTE y un 33 por ciento transferido para el supuesto pago de servicios locales de Angola, que no se llevaron a cabo y cuyos fondos se desviaron.

El instructor afirma que los investigados destinaron a las empresas sólo una parte del beneficio y el resto se dedicó a pagar comisiones a autoridades y funcionarios público angoleños y al beneficio propio de varios de ellos mediante una estructura compleja de empresas pantalla.

Contrato para el suministro de material policial para la vista del Papa

Los otros dos contratos investigados en este procedimiento son las operaciones comerciales de suministro de material policial a la Unidad de Seguridad Presidencial por la vista del Papa en 2009, por importe de casi dos millones de euros, y el suministro de inhibidores a la Unidad de Seguridad Presidencial en 2011 por importe de cerca de dos millones.

De la Mata explica que existen indicios en este caso de que la finalidad de la organización constituida era doble: por un lado, conseguir contratos en países extranjeros -en este caso, en Angola-, mediante el pago de comisiones y dádivas a autoridades y funcionarios angoleños y, por otro, enriquecerse ilícitamente de forma sistemática con cargo a fondos del propio contrato, cargando “brutales sobreprecios sobre el coste real de adquisición de las mercancías, armando toda una estructura de sociedades ficticias y de facturación falsa y simulando la prestación de servicios para la ejecución del contrato por parte de estas sociedades pantalla, por importe de decenas de millones de euros”.

Dichos servicios, continúa el magistrado, consistían en aparentes negocios jurídicos mercantiles suscritos entre sociedades interpuestas, por ellos dominadas; contratos de prestación de servicios y de consultoría falsos o facturación igualmente falsa justificativa de las operaciones, a lo que se añade, señala, que las prestaciones objeto de los contratos no fueron realizadas y eran meramente ficticias.

Apunta el instructor que toda la operativa estaba organizada “de acuerdo con un plan preconcebido, proyectado en el tiempo con una visión de largo plazo, ordenado de acuerdo con las directrices emanadas de la cúspide de la organización”. “Todos se ocupaban de implementar la estrategia acordada, supervisar la gestión de las sociedades y distribuir los fondos ilícitos obtenidos”, subraya el magistrado.

Delito de corrupción en las transacciones internacionales

Entre los delitos atribuidos por el juez destaca el de corrupción en las transacciones internacionales, un delito que se introdujo en el Código Penal en 2003, incorporando el texto de Convenio Internacional de la OCDE de lucha contra la corrupción. Este tipo penal castiga a quienes corrompen a cambio de beneficios pecuniarios o de otra clase, a funcionarios públicos extranjeros o de organizaciones internacionales, en beneficio de éstos o de un tercero.

Este delito requiere que se lleve a cabo en el marco de las transacciones económicas internacionales y por tanto, involucrando a más de un Estado; un requisito que ha quedado acreditado, según de la Mata, en el caso “Defex”. El juez considera que existen indicios sólidos y consistentes que ponen de manifiesto que todas las operativas desarrolladas por la UTE Cueto Defex en Angola “consistían en conseguir contratos públicos para la empresa pública Defex S.A. mediante el pago de comisiones ilícitas a autoridades y funcionarios públicos angoleños”. Para ello, según el juez, también pagaban a los agentes y, “de camino” –señala de la Mata- los directivos responsables del contrato “aprovechándose de la absoluta falta de mecanismos y procedimientos de prevención de delito que tenían las mercantiles involucradas (Defex, Comercial Cueto 92) aprovechaban para apropiarse de cantidades multimillonarias de los contratos de la UTE para beneficio particular. Y todavía, en el caso de Defex, sus directivos”.

Directivos de Defex que se apropiaron de fondos de la sociedad

En el caso de los directivos de Defex, el juez relata que se aprovechaban aún más del absoluto descontrol administrativo de la empresa para apropiarse de cantidades multiumillonarias de la empresa para su propio peculio, “con un incansable afán d enriquecimiento ilícito a costa de los caudales públicos”.
DEFEX, una empresa pública con la mitad de la plantilla en puesto s directivos y sin control en sus relaciones comerciales

Para el magistrado no hay dudas de la responsabilidad penal de Defex como persona jurídica. El juez analiza su naturaleza, una sociedad pública, participada en un 51% por la SEPI, y donde la mitad de la plantilla eran directivos y jefes de departamento. Según el magistrado, tanto Defex, como Comercial Cueto carecían de cualquier sistema interno de organización y control de sus operaciones comerciales y en relación con los mecanismos de prevención de delito y control establecidos” Tanto en general como en relación con la UTE esos controles eran inexistentes.

El descontrol y la falta de control de Defex era tan grande, según el juez, que ni siquiera los expertos forenses contratados por la empresa para analizar el contrato principal con Angola han ubicado el contrato de Defex con la compañía Tropic International.

Entidades bancarias que cooperaron con el blanqueo de capitales

Además de la responsabilidad penal de las personas jurídicas el auto del juez desgrana la participación de las entidades bancarias Deutsche Bank, Caixabank y BNP Paribas para la comisión del delito de blanqueo de capitales, en operaciones de transferencias dinerarias a Luxemburgo y a Angola desde diversas cuentas y sin aplicar, por parte de estas entidades, “ningún procedimiento de prevención de capitales alguno”.

Según el magistrado, “ninguna de las entidades bancarias que mantenían relación comercial con la UTE CUETO-DEFEX verificaron mínimamente la relación comercial de su cliente con la sociedad JTL FINANCIAL, ninguna entidad aportó documentación alguna que pudiese documentar mínimamente esas transferencias, ni tampoco solicitaron información adicional para comprobar la razón comercial de las transferencias internacionales”. Esas transferencias, por importe de 41.464.729 euros obedecían a un reparto de comisiones ilícitas.

Entre las 27 personas contra las que se procede figuran empleados de las tres entidades antes mencionadas.

Regalos y comisiones pagadas a familiares del gobierno de Angola

Como muestra del alcance económico de las operaciones investigadas el juez señala que sólo en regalos de cestas de Navidad, entre 2008 y 2012, la empresa Gourmet Imperial, propiedad de una de las investigadas, habría cobrado de la UTE Cueto-Defex la cantidad de 2.593.044 euros.

El escrito del juez relata que era una práctica habitual por parte de la Comercial Cueto costear los viajes personales de distintas personalidades angoleñas, en los que se les pagaba alojamiento y asistente personal durante la estancia.

Del mismo modo, el juez detalla los pagos efectuados a hijos, cónyuges y demás familiares del gobierno angoleño.