Régimen disciplinario judicial
El Consejo es el órgano responsable en España de aplicar las normas disciplinarias que regulan el incumplimiento de las responsabilidades profesionales de un juez, relativas tanto a su ejercicio profesional como a sus relaciones con los ciudadanos y profesionales de la Administración de Justicia.
El ejercicio de las funciones de un juez guardan relación, en términos generales, con los siguientes diez principios:
- Independencia.
- Imparcialidad.
- Sometimiento a la ley.
- Integridad y honradez.
- Espíritu de servicio y trato adecuado a compañeros, profesionales y ciudadanos.
- Respeto a las partes que intervienen en el proceso.
- Sometimiento al proceso debido.
- Resolución del pleito en un plazo razonable, según las circunstancias de cada caso.
- Motivación de las resoluciones judiciales.
- Obligación de guardar secreto profesional.
El Consejo General del Poder Judicial tiene competencias para exigir responsabilidad disciplinaria a Jueces y Magistrados. Mediante la incoación de un expediente disciplinario que tiene por objeto establecer el alcance de la conducta realizada por el juez o magistrado, el Consejo resuelve sobre la existencia de infracción y la imposición de la sanción pertinente.