El juez procesa a los miembros de los GRAPO José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por el secuestro de Publio Cordón

El juez les considera responsables de un delito de detención ilegal y les impone una fianza de tres millones de euros

Autor
Comunicación Poder Judicial


El juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González procesa a José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por el secuestro del empresario zaragozano Publio Cordón, cometido por los Grapo en junio de 1995.

El titular del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional considera a ambos responsables de un delito de detención ilegal, les impone una fianza de tres millones de euros por las responsabilidades pecuniarias a que se les pudiera condenar y les cita para declaración indagatoria para el próximo 14 de octubre.

Considera el juez que no hay indicios suficientes para acusarles de homicidio por comisión por omisión ni de estafa, así como que no procede por el momento el procesamiento de Manuela Ontanilla ni de Vicente Sarasa.

En un auto, el magistrado relata como Publio Cordón fue secuestrado por miembros de los Grapo y trasladado primero a Vitoria y posteriormente a la localidad francesa de Lyon, a una vivienda alquilada por Teijelo en la que se habilitó un pequeño espacio abuhardillado, con la finalidad de mantener allí retenido al secuestrado.

Según el juez, los responsables de la custodia de Publio Cordón fueron Teijelo, junto con Victoria Gómez Méndez, y el ya condenado por estos hechos Fernando Silva Sande.

Transcurridas dos semanas de cautiverio, explica el auto, el secuestrado sufrió lesiones que le causaron la muerte en circunstancias desconocidas, sin haber sido trasladado a un centro sanitario. Después, los tres secuestradores, tras recibir instrucciones de los jefes de la organización, trasladaron el cadáver y lo enterraron en una zona del Mont Ventoux "sin que hasta la fecha y pese a los esfuerzos realizados, haya podido ser localizado el cadáver".

El magistrado detalla los indicios de responsabilidad criminal que recaen sobre los imputados, fundamentalmente el testimonio del testigo protegido denominado ‘alpha’ cuya versión sobre la muerte de Cordón resulta "verosímil", aunque no se hayan podido conocer la causa y las circunstancias concretas en que se produjo el fallecimiento.