• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 10435/2022
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La celebración de la vista en casación solo es obligatoria cuando se enjuicia una de las infracciones penales en que viene impuesto legalmente ese trámite sin requisitos adicionales; o cuando, tratándose de un delito castigado con pena superior a seis años, lo solicitan todas las partes. No basta la petición solitaria de un recurrente o alguna de las partes. No hay grupo criminal cuando el concierto criminal se ciñe a una acción delictiva con unas concretas coordenadas espacio-temporales, aunque sean varios los delitos cometidos. Para una sanción separada por delito de grupo criminal es necesario un plan de reiteración delictiva que se proyecte en un espacio temporal más o menos prolongado; pero no coyuntural. Existe un concurso real cuando la privación de libertad, no solo excedió en mucho de la que es connatural a un delito de robo, sino que a partir de un momento quedó transformada en una acción totalmente desvinculada de la finalidad del apoderamiento ya producido. El Juzgador de instancia goza de cierta discrecionalidad no fiscalizable en casación para individualizar la pena imponible.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 5954/2021
  • Fecha: 14/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se dicta en casación la absolución del delito de estafa por el que venía condenado. Infracción de ley. Ausencia de descripción fáctica de los elementos del tipo penal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 10394/2023
  • Fecha: 13/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Requisitos para la apreciación de la circunstancia agravante de reincidencia. Cancelación de antecedentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 10645/2022
  • Fecha: 24/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Una de las consecuencias que se derivan del principio acusatorio, como eje rector de nuestro modelo procesal, es que la persona investigada o acusada, ya desde los primeros momentos de su imputación, debe ser ilustrada expresa y detalladamente del hecho punible en su doble dimensión fáctica y normativa. El principio de desconfianza es una regla que tiene un alcance tanto distributivo de las cargas de prueba, conforme a las exigencias derivadas del derecho a la presunción de inocencia, como epistémico que busca enriquecer el fundamento cognitivo de la decisión judicial en materia de hechos, reduciendo los riesgos de error. La acusación formulada por un delito de estragos terroristas en grado de tentativa en concurso real con veintinueve delitos de lesiones, basada en una descripción detallada de las condiciones de depósito y almacenamiento de los explosivos y de las características de la deflagración producida, permitió al acusado defenderse, no solo de su participación afirmada por las acusaciones sino que también dispuso de toda la información acusatoria para poder cuestionar los presupuestos normativos en los que se basa su condena, decidida por el tribunal de apelación, como autor de un delito de estragos imprudentes en concurso ideal con los delitos de lesiones imprudentes: por un lado, los muchos y muy exigibles deberes de cuidado internos y externos incumplidos y, por otro, la relación entre la conducta incumplidora y los resultados de estragos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 7421/2021
  • Fecha: 22/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Robo con fuerza en casa habitada. Naturaleza del recurso de casación en relación a las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y los Tribunales Superiores de Justicia. Incorporación de pruebas relevantes al inicio de las sesiones del juicio oral. La sentencia admite expresamente la posibilidad de presentar petición adicional de prueba con posterioridad al escrito de calificación provisional, siempre que: a) esté justificada de forma razonada; b) no suponga un fraude procesal y c) no constituya un obstáculo a los principios de contradicción e igualdad en garantía de la interdicción de toda indefensión. Presunción de inocencia. Función casacional cuando se alega presunción de inocencia. Declaración de coimputado. La declaración incriminatoria del coimputado carece de consistencia plena como prueba de cargo cuando, siendo única, no resulta mínimamente corroborada por otras pruebas en contra del recurrente. Individualización de la pena. Deber de motivación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 6969/2021
  • Fecha: 15/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Análisis de la coautoría en el delito de robo: otras formas de participación. Requisitos del delito de robo con violencia en casa habitada con uso de armas en concurso medial con un delito de detención ilegal, seis delitos de detención ilegal, un delito de allanamiento de morada, un delito de daños, dos delitos leves de lesiones y un delito de integración en grupo criminal. Se analiza la suficiencia de la prueba practicada, la alegada nulidad del registro domiciliario: requisitos del auto habilitante. Valor de la testifical. Requisitos del delito de organización criminal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 7127/2021
  • Fecha: 08/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso del condenado, formulado por vulneración del derecho a la presunción de inocencia, ya que desborda los límites de conocimiento que permite este recurso de casación que no puede versar sobre cuestiones probatorias sino que ha de limitarse al planteamiento de discrepancias sobre el juicio de subsunción típica de los hechos. Se confirma la calificación de los hechos: el juicio histórico describe con suficiencia un acto intimidatorio consistente en la amenaza de una agresión física, unida al gesto de portar un arma escondida, con la intención de apoderamiento de lo que la víctima llevara; y, por otro lado, que el acusado, con igual ánimo, propinó un manotazo en el rostro de una segunda víctima. Ciertamente en ambos casos la intimidación y violencia han sido de escasa gravedad lo que ha justificado la apreciación del subtipo agravado de menor entidad del art. 242.4 CP. Dilaciones indebidas tras el juicio: su apreciación es excepcional y, en el caso, se advierte una demora en la tramitación del recurso de apelación, pero no se aprecia lesión del derecho constitucional invocado porque la tardanza no fue excepcionalmente dilatada y no consta que el condenado haya sufrido algún tipo de perjuicio concreto por ese retraso, cuestión sobre la que el recurso guarda absoluto silencio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 6598/2021
  • Fecha: 18/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuestionado que concurra el requisito consistente en que la denuncia formulada por la condenada en su momento hubiera provocado actuaciones judiciales, avanzamos que el recurso ha de ser estimado, pues, compartiendo la línea argumental apuntada por el recurrente, consideramos que, efectivamente, no concurre, al menos, en el sentido que viene exigiendo la jurisprudencia actual. Aquellas denuncias de determinados hechos delictivos, entre ellos los relativos al patrimonio, sin identificar autor, abocadas al sobreseimiento, difícilmente reúnen los requisitos para dar lugar a la apreciación del delito contemplado en el art. 457 CP, porque lo razonable es que, en general, no den lugar a actuación procesal alguna, que esté directamente vinculada al falso hecho denunciado. Si viene interpretándose a los efectos del art. 457 CP que actuación procesal es equivalente a actuación realizada por un órgano jurisdiccional (lo otro serían investigaciones o actuaciones preprocesales), la clara conclusión es que la acción ni encaja ni puede encajar en el art. 457 CP; ni desde el punto de vista de la literalidad; ni desde una perspectiva teleológica. En efecto, se quiere proteger la Administración de Justicia. La denuncia interpuesta por la acusada dio lugar a la incoación de Diligencias Previas, que fueron sobreseídas provisionalmente por falta de autor conocido, sin acordar la práctica de ninguna diligencia, por lo que no concurre el segundo requisito exigido por el tipo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 10244/2023
  • Fecha: 17/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La disconformidad del recurrente no se refiere a la fijación del límite de cumplimiento del art. 76.1 del C. penal a las penas impuestas, sino al sentido de la resolución sobre su petición de suspensión de la ejecución de la condena, resolución que no es recurrible en casación y que no consta que haya sido recurrida por otra vía.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 10361/2023
  • Fecha: 28/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No es correcta la afirmación de que el cambio del umbral mínimo de las penas asociadas a un determinado delito conlleve de forma necesaria, siempre y en todo caso, la revisión de la pena para adecuarla a ese mínimo. No lo es, sobre todo, en aquellos casos en los que el Tribunal de instancia se ha apartado conscientemente de ese mínimo legal y ha exteriorizado las razones por las que lo considera inadecuado.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.