• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 373/2023
  • Fecha: 29/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala, reiterando lo ya argumentado en la STS nº 281/2024, de 22 de febrero, desestima el recurso contencioso-administrativo deducido frente a los artículos 34 , 36, 38 y conexos con los anteriores, incluidos en el Anexo X (dedicado a la revisión del plan hidrológico de la demarcación hidrográfica del Segura) del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro y declara inadmisible la pretensión de reconocimiento de la validez de los Convenios suscritos entre la mercantil recurrente -FRUPIL, S.L.,- y ACUAMED, SAU (AGUAS DE LA CUENCA DEL SEGURA, SAU), como título habilitante para el aprovechamiento privativo del agua desalinizada, ya directamente, ya con la conversión automática en concesión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 372/2023
  • Fecha: 29/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala, reiterando lo ya argumentado en la STS nº 281/2024, de 22 de febrero, desestima el recurso contencioso-administrativo deducido frente a los artículos 34 , 36, 38 y conexos con los anteriores, incluidos en el Anexo X (dedicado a la revisión del plan hidrológico de la demarcación hidrográfica del Segura) del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro y declara inadmisible la pretensión de reconocimiento de la validez de los Convenios suscritos entre la mercantil recurrente -FRUPIL, S.L.,- y ACUAMED, SAU (AGUAS DE LA CUENCA DEL SEGURA, SAU), como título habilitante para el aprovechamiento privativo del agua desalinizada, ya directamente, ya con la conversión automática en concesión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3326/2023
  • Fecha: 28/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si una entidad que no tenga la disponibilidad jurídica o el uso del agua, por no ser concesionaria del elemento patrimonial en el que se realizan obras hidráulicas específicas, realiza el hecho imponible de la Tarifa de utilización del agua o si realiza, por el contrario, el hecho imponible del canon de regulación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3772/2023
  • Fecha: 28/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo consisten en: 1º) Reforzar o completar la jurisprudencia sobre si la fijación de los elementos esenciales del tributo y, en concreto, de la base imponible o de los tipos de gravamen, debe constar en el texto de la ordenanza que se publica en el Boletín Oficial correspondiente, o alguno de esos elementos puede venir definido por remisión al informe técnico económico. 2º) Determinar si la motivación de los tipos de gravamen contenida en el informe técnico económico al que se remite la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Fuencaliente, reguladora de la "tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua, hidrocarburos y similares, constituidas sobre el suelo, subsuelo o vuelo municipal", es suficiente a los efectos requeridos por el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 3º) Determinar si es admisible que la ordenanza, a pesar de contemplar en su hecho imponible la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con instalaciones de transporte o distribución de energía eléctrica, gas, agua, hidrocarburos y similares, únicamente cuantifique los aprovechamientos hechos por instalaciones destinadas a la distribución y al transporte de la energía eléctrica y del gas, así como las consecuencias de este hecho.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 1351/2021
  • Fecha: 27/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala considera que no procede dar respuesta a la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, en razón de que ello supondría pronunciarse sobre la interpretación de la regulación del régimen municipal y comarcal propia de Cataluña. La ratio decidendi de la sentencia impugnada se fundamenta, sustancialmente, en la aplicación de la regulación establecida en el Decreto Legislativo 4/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la organización comarcal de Cataluña, cuyo artículo 30 habilita a los entes supramuniciaples para crear un servicio de cooperación y asistencia a los municipios. De modo que el núcleo del debate jurídico entablado en el proceso de instancia hace referencia a la interpretación del Derecho de la Comunidad Autónoma de Cataluña en materia de regulación del régimen municipal y comarcal, así como de la regulación del régimen jurídico de la prestación de los servicios de abastecimiento y suministro de agua establecido en la propia regulación de la Generalitat de Cataluña, por lo que corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 384/2023
  • Fecha: 22/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso contencioso-administrativo por el que se impugnan los artículos 34 , 36 , 38 y conexos con los anteriores, incluidos en el Anexo X (dedicado a la revisión del plan hidrológico de la demarcación hidrográfica del Segura) del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Las aguas procedentes de la desalación forman parte del dominio público hidráulico, por lo que deben someterse al régimen general de planificación y autorización previsto en la norma, régimen que no es otro que el de la concesión administrativa, sin que dicha concesión deba ser confundida con la procedente para la construcción y explotación de la desalinizadora. Por otro lado, un convenio en modo alguno sustituye a la concesión administrativa como título que autorice el uso y aprovechamiento de las aguas desaladas destinadas al riego agrícola, ni excluye la sujeción de esas aguas a la planificación hidrológica. Ningún precepto legal contempla tal posibilidad y las estipulaciones del convenio no solo no contravienen esa conclusión, sino que la confirman.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 385/2023
  • Fecha: 22/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: desestima el recurso contencioso-administrativo núm. 385/2023, por el que se impugnan los artículos 34 (36) , 36 (37) , 38 y conexos con los anteriores, incluidos en el Anexo X (dedicado a la revisión del plan hidrológico de la demarcación hidrográfica del Segura) del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero. tanto la Ley de Aguas como el Reglamento del Dominio Público Hidráulico señalan con claridad meridiana que las aguas procedentes de la desalación forman parte del dominio público hidráulico, por lo que deben someterse al régimen general de planificación y autorización previsto en la norma, régimen que no es otro que el de la concesión administrativa, sin que dicha concesión deba ser confundida con la procedente para la construcción y explotación de la desalinizadora. Por otro lado, el convenio en modo alguno sustituye a la concesión administrativa como título que autorice el uso y aprovechamiento de las aguas desaladas destinadas al riego agrícola, ni excluye la sujeción de esas aguas a la planificación hidrológica. Ningún precepto legal contempla tal posibilidad y las estipulaciones del convenio no solo no contravienen esa conclusión, sino que la confirman.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 6403/2023
  • Fecha: 21/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en aclarar, matizar, reforzar o, eventualmente, corregir o rectificar, la doctrina ya fijada por esta Sala, en concreto, en las SSTS de 31 de octubre de 2000 (recurso 4633/1993) y 10 de noviembre de 2006 (recurso 3777/2003), en relación con la posibilidad de separación de un comunero, en este caso molinero, de la Comunidad de Regantes a la que pertenecía y las condiciones en que la separación ha de producirse.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 5962/2023
  • Fecha: 21/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si, en casos como el ahora contemplado, concurren los requisitos relativos al derecho al reexamen de la declaración de culpabilidad en materia de derecho sancionador, de conformidad con los criterios establecidos por el TEDH y la naturaleza penal de las infracciones que han sido objeto de sanción administrativa. Precedentes jurisprudenciales: SSTS de Pleno de la Sala Tercera, de 25 de noviembre de 2021 (RC nº 8156/2020 y RC nº 8158/2020) y de 20 de diciembre de 2021 (RC nº 8159/2020). Relacionado con el RCA nº 4203/2022, admitido por auto de 14 de diciembre de 2022 (STS de 20 de noviembre de 2023), con el RCA nº 6916/2022, admitido por auto de 1 de febrero de 2023 y RCA nº 6022/2023 admitido por auto de 12 de febrero de 2024.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3450/2023
  • Fecha: 21/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar si una entidad que no tenga la disponibilidad jurídica o el uso del agua, por no ser concesionaria del elemento patrimonial en el que se realizan obras hidráulicas específicas, realiza el hecho imponible de la Tarifa de utilización del agua o si realiza, por el contrario, el hecho imponible del canon de regulación.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.