• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3641/2022
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor prestó servicios para una Caja se le cesó como director de oficina para pasara ser gestor comercial, comunicando la nueva retribución, trabaja desde 2012 y el cambio es de 2020. En demanda no se reclama cantidad indemnizatoria sino con posterioridad reclamando las diferencias del cambio (superando 12000€.) El JS desestimó el TSJ denegó el acceso al recurso, anuló lo actuado después de la sentencia al considerar irrecurrible la decisión en suplicación. En cud. el trabajador cuestiona si una sentencia dictada por MSCT individual a la que se anuda reclamación de cantidad superior a 3.000€ por daños y perjuicios derivados de la modificación es susceptible de suplicación cuando se acumula a la MSCT individual indemnización que supera la cuantía para la acceder a suplicación. La Sala IV señala el contenido de los arts. 26, 138.6, 192.2 e) LRJS, recuerda que su anterior jurisprudencia dio acceso al recurso en estos supuestos con acumulación de acción indemnizatoria en una interpretación por recurso, exponiendo el cambio doctrinal de la STS 14/09/23 rcud. 2589/20. Atiende a la modalidad procesal MSCT individual que no regula acceso al recurso (ni 138.6, ni 191.2 e) ni 41.2ET) dejándolo fuera, y del mismo modo el art. 137.3 LRJS sólo admite la excepción en reclamación profesional cuando sí se admite acumulación de acciones del 137.6 LRJS de clasificación profesional, pero no para MSCT. No admite el recurso al tratarse de competencia funcional de orden público procesal
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 7814/2022
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de casación siguiendo la doctrina jurisprudencial anterior fijada en la STS núm. 1340/2022, de 20 de octubre de 2022. No se opone a que aquellas ayudas o subvenciones públicas, de las que resulten beneficiarios trabajadores por cuenta ajena sometidos a expedientes de regulación temporal de empleo o trabajadores autónomos, que tenga como finalidad subvenir a situaciones de emergencia social (como las contempladas en la Ley de Cantabria 3/2021, de 26 de abril, de concesión de ayudas dirigidas a las empresas y las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, para el sostenimiento del empleo y la actividad económica en el contexto de la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19), gocen de la prerrogativa de inembargabilidad parcial frente a deudas contraídas con la Tesorería General de la Seguridad Social, al resultar aplicable el límite establecido en el artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 1972/2022
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Interpretando el artículo 33 LJCA a la luz del principio pro actione, en los supuestos en los que el recurso contencioso administrativo es interpuesto por la Administración Autonómica contra una resolución de los Tribunales Económico-administrativos totalmente estimatoria de una reclamación económico-administrativa y, por tanto, favorable a las pretensiones del contribuyente, pero que haya dejado imprejuzgados alguno de los motivos de oposición al acto recurrido por considerar innecesario su análisis, el órgano judicial debe resolver en la sentencia los demás motivos de oposición contra la resolución recurrida cuando hayan sido alegados por el codemandado en la contestación a la demanda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 1614/2021
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No hay afectación general si existe cosa juzgada respecto del reconocimiento del derecho y solo se debaten ciertas cantidades derivadas de ese derecho por importe inferior a 3.000 €.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 1521/2023
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El interés casacional objetivo consiste en determinar si a efectos de procesos para ingreso en la profesión docente puede ser computada la experiencia profesional de centros infantiles de Corporaciones Locales, por considerarlos centros públicos a los efectos del apartado 1, del Anexo 1 del R.D. 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 705/2021
  • Fecha: 19/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión controvertida es la de determinar, si la extinción del subsidio por incapacidad temporal, debe tener como fecha de efectos la de la resolución administrativa del alta médica o la de su notificación al interesado. La Sala IV, previamente pese a la escasa cuantía del pleito, estima que la sentencia de instancia tiene acceso a la suplicación al quedar evidenciado el carácter notorio de la afectación general dada la existencia del elvado nivel de litigiosidad. En cuanto al fondo del asunto, reitera doctrina que señala que el subsidio debe abonarse hasta la fecha de notificación al interesado de la resolución administrativa con declaración de alta médica, que no solo hasta la fecha de la propia resolución. Y ello porque sólo a partir de ese momento el trabajador debe incorporarse a su puesto de trabajo y sólo entonces tendrá derecho a lucrar el salario, sin que la demora en la notificación de la resolución administrativa pueda perjudicar al beneficiario. Apela el TS a la relevante modificación del art. 128.1 a) de la LGSS por Ley 40/2007 que introdujo un trámite de disconformidad del interesado frente al alta médica, con expresa prórroga del subsidio hasta que el alta adquiera plenos efectos. Esta interpretación se refuerza por la nueva redacción del art. 170.2 LGSS/2015, tras modificación por Ley 3/2017, de 27 de junio, de PGE para el año 2017, que ya expresamente prevé que se abone el subsidio entre la fecha de la resolución y su notificación al interesado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 3817/2020
  • Fecha: 19/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TSJ carece de competencia funcional para conocer de recurso de suplicación frente a sentencia revocatoria de sanción por falta muy grave conforme al art. 191.2.a) de la LRJS. En tales casos, el recurso solo procede en relación a pretensiones vinculadas con la vulneración de derechos fundamentales, que, en este caso, no ha sido invocada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 287/2021
  • Fecha: 19/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: RCUD. CANTIDAD y reintegro: interpretación de los art. 52 y 53 del Acuerdo de 10-12-2010 suscrito entre la Comisión Nacional Mercado Valores con el Comité de Empresa, sobre ayudas de comida y trasportes. El acuerdo se dejó en suspenso por la CNMV como consecuencia del informe previo de la Intervención General de la Administración del Estado al señalar que era contrario a la legalidad vigente. Posteriormente, previa consulta a la Abogacía del Estado fue anulado por la empresa y se reclamó a todos los trabajadores la restitución de las cantidades recibidas. Frente a esa decisión se planteó demanda de Conflicto Colectivo, que fue estimada por la AN apreciando la prescripción. Ahora, en este procedimiento la CNMV reclama a la actora por dichos conceptos las cantidades que en su día indebidamente le fueron abonadas. La sentencia de instancia estima la demanda e interpuesta suplicación por la trabajadora, esta fue igualmente desestimada. En RCUD la actora discute la competencia funcional, la aplicación de cosa juzgada, la prescripción y la existencia de causa torpe. Se aprecia la competencia funcional por concurrir afectación general. La cosa juzgada y falta de prescripción se rechaza por falta de contradicción. En cuanto a la causa torpe basada en que la acción de reclamación de devolver las cantidades reclamadas no procede por causa solo imputable a la empresa, se rechazó también por falta de contradicción. En suplicación la trabajadora no solicitó intereses moratorios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 1674/2020
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se debate en el recurso de casación unificadora si procede reconocer el derecho de la actora a ocupar plaza de operador comercial N1 desde enero de 2018 y a percibir la suma de 1.275,24 € por el periodo contraído desde el mes de enero al de diciembre de 2018, como consecuencia de tal reconocimiento. La sentencia de instancia estimó la demanda; sentencia confirmada en suplicación. La Sala IV aborda de oficio el análisis de la competencia funcional, sin necesidad de entrar a examinar la existencia de la contradicción y declara la nulidad de las actuaciones posteriores a la notificación de la sentencia de instancia, por entender que contra la misma no cabía recurso de suplicación, ya que la cuantía de lo reclamado no alcanza los 3.000 € exigidos por el art. 191.2 LRJS, sin que pueda apreciarse la existencia de afectación general, porque no se aprecia litigiosidad relevante en la materia, pues como consecuencia de la concreta convocatoria funcional sólo constan dos reclamaciones. Y tampoco existe notoriedad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4226/2022
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance de las facultades impugnatorias del responsable solidario. Distinción entre el primer y segundo párrafo del artículo 174.5 LGT. Doctrina sobre art. 174.5, párrafo primero. Aplicación del art. 174.5, segundo párrafo, LGT. Desconexión del auto de admisión y el supuesto objeto de la litis. Competencia de la administración autonómica.

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