Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
La magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid ordena a ambos organismos a que cesen en sus conductas anticompetitivas tras considerar que imponen restricciones injustificadas y desproporcionadas que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Además, les condena a remover inmediatamente todos los efectos de sus actuaciones anticompetitivas producidas a raíz de la interposición de este procedimiento
La sentencia señala que aún sin éste material probatorio “no existen elementos independientes que permitan acreditar el tráfico de drogas y la asociación y organización entre los acusados, ni el intento de financiación de producciones artísticas derivadas de la comisión de actividades ilícitas”
Paralelamente, la Sala nombra al magistrado Francisco José Goyena Salgado, miembro de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, instructor de la causa.
Pese a las recomendaciones efectuadas por los magistrados comunitarios, y denunciar el abuso en la contratación temporal por parte de las Administraciones demandadas, el Pleno de la Sala de lo Social no ha estimado en su totalidad las demandas formuladas
El tribunal considera probado que Jimmy-José R. R. fue el autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa cometidos en el transcurso de una ‘caída’ (ataque por sorpresa) la noche del 26 de abril de 2021 en el madrileño barrio de San Fermín, cerca de Usera.
Este mural había sido creado con el objetivo de ocupar un espacio público en el que dar visibilidad a algunas mujeres relevantes de la historia y como muestra del rechazo de la violencia de género
En sintonía con el Juzgado instructor, la Sala entiende que no hay prueba suficiente que avale la realidad indiciaria de los hechos denunciados y que justifique continuar con la investigación sobre la supuesta operación orquestada por el Estado
La cadena hotelera acusaba a los querellados de conductas ilícitas para perjudicarles injustamente durante la tramitación de los expedientes de concesión de obras y otras autorizaciones administrativas de dos hoteles en Fuerteventura. La Audiencia considera sin embargo que no procede la investigación interesada por resultar ‘prospectiva’ y basarse en ‘meras sospechas carentes de seriedad’