La Audiencia de Granada absuelve al exalcalde de Dúrcal de un delito de prevaricación

Considera que no ha quedado acreditado que dejara de tramitar expedientes sancionadores desde 2012

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Audiencia de Granada ha absuelto al alcalde de la localidad granadina de Dúrcal de un delito de prevaricación continuada, para el que la fiscalía solicitaba una pena de nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público.

La sentencia no considera que haya quedado probado que el ex alcalde hubiera omitido, desde diciembre de 2012 y de manera caprichosa y arbitraria, el deber de tramitar las denuncias presentadas por los agentes de la Policía Local de la localidad sobre supuestas irregularidades en la explotación de negocios (falta de licencia de apertura, emisión de ruidos, venta en la vía pública,...), "...dejando de incoar los correspondientes expedientes sancionadores..."} siendo conocedor de su obligación por comunicaciones dirigidas por los agentes hacia su persona.

Así, la sentencia señala que no ha quedado acreditado en el juicio “ni el supuesto deber u obligación en la actuación omitida por parte del acusado, ni la ausencia de tramitación de los respectivos expedientes, ni el conocimiento de los requerimientos de información a él dirigidos”.

En este sentido, la resolución judicial recoge que “ni los escritos iniciales ni las comunicaciones en requerimiento de información, llegaron a su poder ya que todo escrito que se presenta en el ayuntamiento, tras pasar por el registro general, se reparte entre los diferentes departamentos, concejalías, ... sin que él tenga conocimiento exacto y preciso de todos los documentos que entran en el ayuntamiento, a pesar de ir dirigidos al mismo”. Por ello, “la Sala considera que no existió en la actuación del Sr. Alcalde de la localidad de Dúrcal, ninguna actuación prevaricadora al no incoar, quedando fuera de sus competencias directas, y no solicitar el inicio o tramitación de los expedientes correspondientes, al no tener conocimiento ni de los hechos ni de las diligencias de informe de los agentes de la Policía Local”.