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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal castellano manchego sigue la doctrina del Tribunal Supremo, que suspendió cautelarmente el acuerdo de julio de 2015 que iniciaba el procedimiento de ampliación.
La Sección 1ª de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con fecha 8 de marzo de 2017, ha dictado auto por el que acuerda suspender la ejecutividad del Decreto 57/2016 de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de 4 de octubre de 2016, por el que se amplía la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Laguna de El Hito y se realiza la propuesta a la Comisión Europea para su declaración como Lugar de Importancia Comunitaria.
Dicha suspensión había sido solicitada por la Administración General del Estado después de que en el recurso contencioso-administrativo que se tramita en la Sala se incluyera también este decreto.
Siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, por Sentencia de fecha 16 de diciembre de 2016, por la que se suspendía cautelarmente el acuerdo de 28 de julio de 2015 del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha que dio inicio al procedimiento para ampliar el espacio protegido de la Laguna de El Hito, entiende la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM que el posterior Decreto 57/2016 que resuelve lo acordado por la administración autonómica en julio de 2015 también está afectado por dicha suspensión cautelar.
Todo ello atendiendo a la ponderación de intereses que hizo el Tribunal Supremo en la Sentencia de diciembre de 2016, en los que prevalece preservar la adecuada gestión de los residuos radiactivos en orden a una mejor seguridad nuclear, hasta en tanto se resuelva el recurso principal por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM.
El auto no es firme, y contra el mismo cabe interponer recurso de reposición ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCLM en el plazo de cinco días.