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Etiquetas:
organización judicial, justicia, CGPJ
Al Consejo General del Poder Judicial le corresponder velar por el correcto desempeño de las funciones que la Constitución y las leyes asignan al Poder Judicial. En suma, velar para que los Jueces y Magistrados dispongan de todos los medios necesarios para el adecuado ejercicio de su función jurisdiccional.
Para lograr este objetivo, el Consejo actúa en dos campos:
Por otro, la LOPJ atribuye al CGPJ competencias como autoridad que debe controlar la compatibilidad de los distintos sistemas de información existentes en la Administración de Justicia. El Consejo aprueba los programas informáticos que se utilicen en la administración de justicia, de manera que se garantice la compatibilidad entre ellos y así poder contar con un sistema de información judicial íntegro, coherente, robusto y estable en tiempo.
El Consejo General del Poder Judicial ejerce la potestad reglamentaria en materia de establecimiento de las bases y estándares de compatibilidad de los sistemas informáticos que se utilicen en la Administración de Justicia (Artículo 560.1.16ª.l LOPJ). Corresponde al Centro de Documentación Judicial colaborar en la implantación de las decisiones adoptadas por el Consejo General del Poder Judicial en materia de armonización de los sistemas informáticos que redunden en una mayor eficiencia de la actividad de los Juzgados y Tribunales (Artículo 619.2 LOPJ)