El Juzgado de Primera Instancia 2 de Palma condena a un médico a pagar durante 25 años la manutención de un niño que nació tras un aborto fallido

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de primera instancia número dos de Palma ha condenado  a un ginecólogo a cubrir los gastos de manutención de un menor hasta que cumpla los 25 años, porque el niño nació tras un aborto fallido que practicó a la madre.

Los hechos se remontan a abril de 2010 cuando la denunciante acudió a una clínica de Palma para que le practicaran un aborto. Días después volvió para someterse a una revisión en la que el médico le confirmó que el aborto practicado días atrás se había realizado de forma satisfactoria. Tres meses después, la denunciante volvió a la clínica porque creía estar embarazada de nuevo, pero le comunicaron que estaba en su quinto mes de gestación y que la Clínica no tenían autorización para interrumpir embarazos de más de 14 semanas.

Le ofrecieron la posibilidad de acudir a un centro en Barcelona con autorización para practicar interrupciones de embarazos más avanzados. La clínica de Palma correría con parte de los gastos, aunque no le aseguraron que pudiera abortar. Finalmente, la joven se vio abocada a continuar con la gestación y dar a luz al niño.

En la sentencia, el juez considera que el ginecólogo es el único responsable de que la mujer tuviera un hijo no deseado, al haber cometido una negligencia por no haber realizado de forma exhaustiva la segunda revisión. La sentencia aprecia que las consecuencias de esta negligencia médica son irreversibles y acompañarán a la mujer durante el resto de su vida.

El juez de primera instancia número 2 de Palma condena al médico a pagar 978 euros al mes al menor en concepto de manutención hasta que cumpla los 25 años. El ginecólogo tendrá que pagar 150.000 mil euros de daños morales a la denunciante, que sufre graves secuelas psicológicas.