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El tribunal considera que existen indicios de una posible actuación imprudente por parte de la empresa propietaria de la torre eléctrica y de la responsable de su mantenimiento, y que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia y de dos delitos de lesiones por imprudencia, ya que otros dos menores resultaron también heridos en el suceso
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha ordenado reabrir la investigación por la muerte de un niño que recibió una descarga eléctrica tras acceder a una torre de alta tensión el 8 de marzo de 2025 en Usurbil junto a otros dos menores que resultaron heridos.
El tribunal ha dictado un auto en el que estima parcialmente el recurso interpuesto por la acusación particular y revoca la decisión de la plaza número 2 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Donostia-San Sebastián que acordó el sobreseimiento provisional de la causa y denegó la práctica de varias diligencias solicitadas por esa acusación.
De esta manera, la Audiencia acuerda que el órgano de instancia realice cuantas diligencias de investigación considere oportunas para esclarecer los hechos objetos de la causa. En particular, establece que tome declaración en calidad de investigados a los dos administradores de la empresa propietaria de la torre eléctrica y al apoderado y director técnico de la compañía responsable de su mantenimiento, entre otras diligencias solicitadas por la acusación particular.
El juzgado de instancia decidió el sobreseimiento provisional de las actuaciones al considerar que, aunque se hubiera podido infringir cualquier tipo de normativa administrativa, dicha infracción por sí misma no fue la causante de los hechos ocurridos el 8 de marzo de 2025 y “no derivaría de ningún comportamiento u omisión llevado a cabo por los responsables de la torre ni de la empresa de mantenimiento”.
Sin embargo, la Audiencia guipuzcoana rechaza ese razonamiento tras analizar el informe emitido por el Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno Vasco tras el suceso y remitido al juzgado.
“Ambas empresas habrían incurrido en infracciones reglamentarias en su actuación, como indica el informe del Departamento de Industria del Gobierno Vasco”, recuerda la Audiencia de Gipuzkoa, que añade que “esas omisiones que cometieron habrían ocasionado que la peligrosa instalación continuara produciendo el riesgo que debieron haber previsto y haber evitado”.
Así, el tribunal estima que estas empresas “no habrían actuado con la diligencia exigible y habrían contribuido con ello a que los menores entraran en contacto con la instalación y resultaran muerto y lesionados”, y que esos hechos “pueden ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia y de otros dos delitos de lesiones por imprudencia”.
Por ello acuerda revocar el sobreseimiento provisional de la causa, que el órgano de instancia reabra la investigación, y accede también a que se practiquen algunas de las diligencias de investigación solicitadas por la acusación particular, entre ellas, que se tome declaración en calidad de investigados a los dos administradores de la empresa propietaria de la torre eléctrica y al apoderado y director técnico de la compañía de mantenimiento.
Este auto es firme y contra él no cabe recurso alguno.