Noticias Judiciales TSJ Madrid
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- Entiende el tribunal que no ha podido probarse a lo largo del juicio que tuviera conocimiento de la edad de la supuesta víctima, ni que fuera suya la fotografía enviada a ésta por parte del acusado en el grupo de WhatsApp en el que se produjo el hecho delictivo objeto del procedimiento
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- Entre otros razonamientos jurídicos, la Sala argumenta que ‘la ausencia de un consentimiento libremente prestado’ conduce ‘directamente a la aplicación del artículo 181. 2.3’ del Código Penal vigente por lo que ‘la legislación derivada de la L.O. 10/2022 no resulta en esta ocasión más beneficiosa’ e incluso podría acarrearle un incremento de su condena.
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- Entre otros aspectos jurídicos, la Sala considera se ha visto vulnerada ‘la tutela judicial en su vertiente del derecho a la motivación razonable’ en el veredicto y la sentencia y, por ello, devuelve la causa a la Audiencia Provincial para que se celebre una nueva vista oral
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Prisión comunicada y sin fianza para el supuesto autor del triple homicidio de Morata de Tajuña
- El magistrado toma esta decisión ante el riesgo de fuga y la posible alteración y/o destrucción de pruebas
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- Mantuvo relaciones sexuales sin preservativo pese a que había pactado previamente con la víctima utilizarlo ante el temor de ella a las enfermedades de transmisión sexual y los embarazos no deseados
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- El procesado reconoció su culpabilidad en la primera sesión del juicio
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- Se le prohíbe acercarse a sus cinco hijos mientras dure esta condena y, con posterioridad, permanecerá cinco años bajo libertad vigilada
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El TSJM anula la prohibición del Ayuntamiento de Madrid de instalar estufas de gas en las terrazas
- Los magistrados consideran que la ordenanza carece del preceptivo estudio sobre el nivel de contaminación de este tipo de aparatos calefactores
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- La magistrada considera que las afirmaciones, experiencias y comentarios de la Asociación de Víctimas de los Testigos de Jehová están amparados por el derecho a la libertad de expresión
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- La sentencia se ajusta al veredicto por unanimidad de los nueve miembros del Jurado Popular que declaró probado que los ocupantes del inmueble fueron requeridos de forma insistente para que abrieran la puerta y permitieran su identificación, sin que se accediera a ello