El juez concluye la investigación sobre las multas que presuntamente se sacó el alcalde de Baiona y ordena que se siga la causa contra él por prevaricación y falsedad

También ordena que se siga la causa respecto al agente de la Policía Local investigado por un delito de falsedad documental

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de Instrucción número 2 de Vigo, tras concluir la investigación, ha decretado que se continúe la tramitación del procedimiento contra el alcalde de Baiona por un delito continuado de prevaricación administrativa y de falsedad documental por presuntamente simular tener una licencia de estacionamiento y sacarse cinco multas por aparcar en una zona de carga y descarga. Además, también ha ordenado que se siga la causa respecto al agente de la Policía Local investigado por un delito de falsedad documental. De esta forma, ha instado a que se le dé traslado al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones personadas, para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan, excepcionalmente, solicitar la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación. 

El juez explica que, tras las actuaciones practicadas, se desprende indiciariamente que el alcalde de Baiona fue denunciado en cinco ocasiones, entre el 30 de abril y el 9 de junio de 2021, por agentes de la Policía Local de la localidad por estacionar un vehículo de su titularidad “de forma indebida en zona de carga y descarga”. Con motivo de las anteriores denuncias, según el auto, se tramitaron los correspondientes expedientes sancionadores. El investigado, en el trámite de alegaciones, según explica el instructor, reconoció ser el conductor del turismo y alegó que poseía una licencia de aparcamiento que le autorizaba para estacionar en esa zona, pero esos días, según su versión, la tenía colocada en otro vehículo de su propiedad. 

“La licencia de aparcamiento aportada para justificar dicho estacionamiento podría carecer de los elementos esenciales de validez (número de expediente administrativo, fecha y plazo de expedición, etc.) y podría simular a una real, pudiendo haber sido creada para ese trámite de alegaciones, de manera que indujera a error sobre su autenticidad, y habiendo recibido informe de la Secretaría del Ayuntamiento de Baiona, esta sostiene que no consta ningún procedimiento administrativo ni ningún tipo de expediente relativo a la expedición de dicha licencia”, subraya el juez en el auto, en el que destaca que esa licencia, “aparentemente simulada y carente de elementos necesarios para su validez”, habría sido firmada tanto por el alcalde como por el agente investigado, que en aquellos momentos era el Oficial Jefe de Servicio de la Policía Local, “pudiendo haber cooperado, por tanto, ambos en la elaboración de dicha supuesta licencia”. 

El juez afirma en la resolución que todo parece indicar que, pese a que con carácter general se les suele requerir a los agentes policiales un informe de ratificación de todas las denuncias interpuestas, en este caso “en ninguna de las cinco denuncias se habría hecho, habiéndose sustituido dicho trámite por un informe del agente investigado”. La Unidad de Sanciones de Tráfico de la Diputación de Pontevedra, tras las alegaciones presentadas por el alcalde, emitió propuestas de resolución en el sentido de estimar las alegaciones y el archivo del procedimiento. 

El instructor concluye que el investigado, “con total desprecio al deber de abstención que existía, al concurrir en él la condición de denunciado y alcalde de la localidad de Baiona”, habría firmado el 23 de agosto de 2021 cinco resoluciones distintas “acordando estimar sus propias alegaciones y archivar todos los procedimientos sancionadores por estacionamiento indebido sin imponerse a él mismo ningún tipo de sanción, siéndoles tales resoluciones notificadas a su propio domicilio en persona, el 2 de septiembre de 2021, y provocando, así, la finalización del procedimiento”. El auto no es firme, pues contra él cabe presentar recurso.