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La sentencia, que puede ser recurrida en apelación, establece que no concurren en los hechos “actos de violencia o intimidación idóneos para alterar gravemente la paz pública en los términos exigidos por el tipo penal”. La magistrada de la plaza 8 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Valencia considera que la actuación de los ecologistas revelaría “a lo sumo una conducta subsumible en un eventual delito de desobediencia grave”, pero ésta no fue objeto de acusación en el proceso
La titular de la Plaza número 8 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Valencia ha absuelto a los 11 activistas de Greenpeace que fueron juzgados el pasado 23 de septiembre por un delito de desórdenes públicos, por bloquear la entrada de un buque gasero al Puerto de Sagunto el 26 de octubre de 2021.
“Los hechos declarados probados no permiten apreciar la concurrencia de los elementos que integran el delito de desórdenes públicos objeto de acusación, singularmente la existencia de actos de violencia o intimidación idóneos para alterar gravemente la paz pública en los términos exigidos por el tipo penal”, concluye la magistrada.
Según la juzgadora, los hechos revelarían “a lo sumo” una conducta “subsumible en un eventual delito de desobediencia grave”, pero esa figura delictiva “no ha sido objeto de imputación ni acusación formal”.
Es por esa razón, por las “exigencias derivadas del principio acusatorio”, que no es posible “alterar el objeto del proceso para fundar una condena por un ilícito distinto”, precisa la sentencia, que ha sido notificada a las partes este martes y que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia.
Los hechos se remontan a la mañana del 26 de octubre de 2021, cuando, según se relata en la resolución judicial, los activistas, “con previo concierto y con previo conocimiento de la acción que iban a llevar a cabo”, se aproximaron sin autorización al Puerto de Sagunto a borde del buque de la organización ecologista llamado Esperanza.
A continuación, dos millas náuticas al sur de la terminal portuaria, se acercaron a bordo de cuatro lanchas neumáticas semirrígidas al buque gasero Merchant, que transportaba 125.000 metros cúbicos de gas natural, para entorpecer su navegación.
Paralelamente, el Esperanza realizó un movimiento hacia el interior del Puerto de Sagunto y consiguió fondear en él, mientras que uno de los acusados se encadenaba a una de sus anclas y obligaba al gasero a abortar la maniobra de acceso a la terminal.
Fue ya a las 17,50 horas del mismo día cuando agentes de la Guardia Civil, con autorización de Capitanía Marítima, abordaron el barco de Greenpeace y accedieron al puente de mando, tras fracturar la puerta de entrada ante la negativa del capitán a facilitarles el acceso, tal y como se declara probado en la sentencia.
Con la ayuda de remolcadores y prácticos del propio puerto, el Esperanza atracó finalmente en la dársena. Por su parte, el buque gasero, que tenía prevista su entrada y atraque en la terminal a las 12 horas de ese 26 de octubre, accedió finalmente a ella a las 23,35 horas y finalizó sus operaciones a las 20,28 horas del día siguiente.
La magistrada señala en la resolución que estos hechos fueron llevados a cabo por los acusados “en el marco de una protesta pacífica sobre la protección del medio ambiente, concretamente contra el gas”, sin que haya quedado acreditado que para su ejecución “mediaran actos de violencia o amenazantes” ni contra los efectivos de la Guardia Civil ni contra la tripulación del buque gasero.