Una jueza de Valencia eleva al Supremo la causa contra la senadora Rita Barberá por no retirar símbolos franquistas cuando era alcaldesa

La magistrada de Instrucción 16 se declara no competente para admitir la denuncia por desobediencia por incumplir la Ley de Memoria Histórica

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de Instrucción 16 de Valencia, que tiene abierta una causa por una denuncia contra la exalcaldesa de Valencia por incumplir la Ley de la Memoria Histórica, ha remitido al Tribunal Supremo una exposición razonada para que sea el Alto Tribunal el que decida si investiga y, en su caso, juzga a Rita Barberá.

La magistrada considera que no es competente para pronunciarse sobre la admisión a trámite de la denuncia contra Barberá por supuestos delitos de desobediencia y denegación de auxilio por no retirar los símbolos franquistas de calles y edificios de la ciudad cuando era alcaldesa. Como senadora, Barberá está aforada ante el Tribunal Supremo, único competente para investigarla y juzgarla.

La exalcaldesa de Valencia fue denunciada en mayo de 2015 por tres personas (un diputado socialista, el coordinador del Grupo para la Recuperación de la Memoria Histórica y un abogado) por supuestos delitos de desobediencia y denegación de auxilio en los que habría incurrido por negarse a retirar de las calles de la ciudad escudos, insignias y placas con símbolos franquistas.

En junio, la titular de instrucción 16 se inhibió en favor del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) porque entonces Barberá era diputada autonómica y, por tanto, aforada ante el Alto Tribunal valenciano.

En septiembre, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV rechazó la inhibición del Juzgado de Instrucción 16 de la capital y le devolvió la causa tras recibir la acreditación de que la denunciada, desde el 22 de julio de 2015, ocupaba un escaño en el Senado.

El TSJCV, de conformidad con el criterio expresado por la Fiscalía, entendió entonces que la condición de senadora de la exalcaldesa, única denunciada, determinaba la "falta de competencia de esta Sala para pronunciarse sobre la admisión de dicha denuncia, al resultar competente la Sala Segunda del Tribunal Supremo".

Por tal motivo, el ponente, el magistrado José Francisco Ceres, acordó no aceptar la inhibición del Juzgado de Instrucción 16 en el que recayó inicialmente la denuncia contra Barberá y devolver a dicho juzgado las diligencias para que proceda conforme a Derecho.

La magistrada de Instrucción 16 solicitó entonces, en octubre, a la Cámara Alta la acreditación de que la exalcaldesa de Valencia es senadora. Esa petición no fue respondida. Cuatro meses después, en marzo, el Juzgado de Instrucción 16 ofició de nuevo al Senado para reiterar la petición de la información que necesitaba la magistrada antes de resolver si enviaba la causa al Tribunal Supremo.

Recibida esa información, la magistrada, de conformidad con el criterio del fiscal y apelando a la resolución del TSJCV, que ya dijo que el competente era el Tribunal Supremo, ha acordado elevar las diligencias a la Sala de lo Penal del alto tribunal.